I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cooperación y solidaridad. (BOE-A-2024-4866)
Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 29636
III
Desde Euskadi afrontamos los retos globales del desarrollo con responsabilidad y
humildad, conscientes de que avanzar en los objetivos que se pretenden en esta ley
trasciende la política sectorial de cooperación e implica al conjunto de los agentes
institucionales y sociales vascos.
La cooperación pública vasca busca ampliar las oportunidades para que las
poblaciones del Sur sean protagonistas de su propio destino. Así, la cooperación y
solidaridad públicas vascas actúan, de manera prioritaria, en los países y territorios del
Sur y en aquellos afectados por crisis humanitarias. En Euskadi, la política de
cooperación y solidaridad promueve la educación para la transformación social para
favorecer el cambio de valores, actitudes y prácticas que repercuten en el desarrollo
humano, la sostenibilidad de las vidas, la justicia global y la convivencia entre los
pueblos.
La educación para la transformación social reviste un carácter esencial en cualquier
aproximación legislativa sobre el ámbito de cooperación internacional y debe ser un eje
central en cualquier impulso por la búsqueda de unas sociedades más equitativas,
diversas, comprometidas y justas.
De forma coherente con el protagonismo del Sur que decimos promover en esta
política, las actuaciones que se llevan a cabo en los países y territorios del Sur se
realizan prioritariamente por medio de una o varias entidades, públicas o privadas,
originarias del país en el que se desarrolle la actuación. De esta manera ponemos el
énfasis en el protagonismo y empoderamiento de la ciudadanía y los poderes públicos
del Sur, sujetos prioritarios de esta política. Estas actuaciones se complementan con la
labor esencial que desarrollan los agentes internacionales, las personas profesionales y
voluntarias, los organismos de las Naciones Unidas u organizaciones especializadas en
materia de desarrollo, acción humanitaria o derechos humanos, entre otras, quienes, en
alianza con los agentes del Sur, resultan también fundamentales para transformar dichas
realidades.
A efectos de esta ley, los países y territorios del Sur comprenden aquellos que, sin
estar necesariamente ubicados en el hemisferio sur del planeta, son países y territorios
que han sufrido injusticias sistemáticas como consecuencia de las dinámicas
económicas históricas y de las nuevas formas actuales de acumulación, despojo y
explotación, y en los que existe pobreza, desigualdades, violencias y discriminaciones
múltiples.
En esta ley, a diferencia de la anterior, hablamos de políticas de cooperación y
solidaridad, al asumir como propias las miradas críticas a la concepción limitativa del
desarrollo como un estadio económico o sociocultural universal que alcanzar. Los
«problemas del desarrollo» tienen que ver con la pobreza y la ausencia de bienestar de
la población, especialmente la del Sur, pero no se agotan en esta. Al contrario, se
refieren a los límites planetarios del crecimiento, a la desigualdad, a la falta de
oportunidades y trabajo decente, al reparto no equitativo de la riqueza, los recursos y el
poder, a la falta de libertades, paz y seguridad, entre otros. Con esta ley, la política
pública vasca de cooperación y solidaridad transita hacia objetivos que ponen en el
centro la sostenibilidad de las vidas, la justicia y la convivencia global desde una
concepción amplia del desarrollo que acoge la centralidad de las personas –desde sus
diversidades individuales y colectivas– y del planeta.
Sin embargo, los instrumentos que la cooperación internacional utiliza para afrontar
sus objetivos de cambio son insuficientes. Así lo demuestran los numerosos acuerdos y
consensos internacionales que llaman a la armonización de las actuaciones a los
estándares internacionales y a la profundización en la calidad y mejora de la eficacia de
las políticas y acciones. En este sentido, resultan significativas las nuevas e
innovadoras fórmulas de actuación, tales como la intercooperación, la cooperación
triangular o la cooperación Sur-Sur, por mencionar solo algunas. La política vasca de
cooperación y solidaridad, desde sus señas de identidad y singularidad, no dejará de
sumarse a dichos esfuerzos internacionales. Así, para llevar a cabo las urgentes y
cve: BOE-A-2024-4866
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 64
Miércoles 13 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 29636
III
Desde Euskadi afrontamos los retos globales del desarrollo con responsabilidad y
humildad, conscientes de que avanzar en los objetivos que se pretenden en esta ley
trasciende la política sectorial de cooperación e implica al conjunto de los agentes
institucionales y sociales vascos.
La cooperación pública vasca busca ampliar las oportunidades para que las
poblaciones del Sur sean protagonistas de su propio destino. Así, la cooperación y
solidaridad públicas vascas actúan, de manera prioritaria, en los países y territorios del
Sur y en aquellos afectados por crisis humanitarias. En Euskadi, la política de
cooperación y solidaridad promueve la educación para la transformación social para
favorecer el cambio de valores, actitudes y prácticas que repercuten en el desarrollo
humano, la sostenibilidad de las vidas, la justicia global y la convivencia entre los
pueblos.
La educación para la transformación social reviste un carácter esencial en cualquier
aproximación legislativa sobre el ámbito de cooperación internacional y debe ser un eje
central en cualquier impulso por la búsqueda de unas sociedades más equitativas,
diversas, comprometidas y justas.
De forma coherente con el protagonismo del Sur que decimos promover en esta
política, las actuaciones que se llevan a cabo en los países y territorios del Sur se
realizan prioritariamente por medio de una o varias entidades, públicas o privadas,
originarias del país en el que se desarrolle la actuación. De esta manera ponemos el
énfasis en el protagonismo y empoderamiento de la ciudadanía y los poderes públicos
del Sur, sujetos prioritarios de esta política. Estas actuaciones se complementan con la
labor esencial que desarrollan los agentes internacionales, las personas profesionales y
voluntarias, los organismos de las Naciones Unidas u organizaciones especializadas en
materia de desarrollo, acción humanitaria o derechos humanos, entre otras, quienes, en
alianza con los agentes del Sur, resultan también fundamentales para transformar dichas
realidades.
A efectos de esta ley, los países y territorios del Sur comprenden aquellos que, sin
estar necesariamente ubicados en el hemisferio sur del planeta, son países y territorios
que han sufrido injusticias sistemáticas como consecuencia de las dinámicas
económicas históricas y de las nuevas formas actuales de acumulación, despojo y
explotación, y en los que existe pobreza, desigualdades, violencias y discriminaciones
múltiples.
En esta ley, a diferencia de la anterior, hablamos de políticas de cooperación y
solidaridad, al asumir como propias las miradas críticas a la concepción limitativa del
desarrollo como un estadio económico o sociocultural universal que alcanzar. Los
«problemas del desarrollo» tienen que ver con la pobreza y la ausencia de bienestar de
la población, especialmente la del Sur, pero no se agotan en esta. Al contrario, se
refieren a los límites planetarios del crecimiento, a la desigualdad, a la falta de
oportunidades y trabajo decente, al reparto no equitativo de la riqueza, los recursos y el
poder, a la falta de libertades, paz y seguridad, entre otros. Con esta ley, la política
pública vasca de cooperación y solidaridad transita hacia objetivos que ponen en el
centro la sostenibilidad de las vidas, la justicia y la convivencia global desde una
concepción amplia del desarrollo que acoge la centralidad de las personas –desde sus
diversidades individuales y colectivas– y del planeta.
Sin embargo, los instrumentos que la cooperación internacional utiliza para afrontar
sus objetivos de cambio son insuficientes. Así lo demuestran los numerosos acuerdos y
consensos internacionales que llaman a la armonización de las actuaciones a los
estándares internacionales y a la profundización en la calidad y mejora de la eficacia de
las políticas y acciones. En este sentido, resultan significativas las nuevas e
innovadoras fórmulas de actuación, tales como la intercooperación, la cooperación
triangular o la cooperación Sur-Sur, por mencionar solo algunas. La política vasca de
cooperación y solidaridad, desde sus señas de identidad y singularidad, no dejará de
sumarse a dichos esfuerzos internacionales. Así, para llevar a cabo las urgentes y
cve: BOE-A-2024-4866
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Núm. 64