I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cooperación y solidaridad. (BOE-A-2024-4866)
Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Miércoles 13 de marzo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
4866

Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento
Vasco ha aprobado la Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Euskadi tiene una larga y reconocida trayectoria solidaria con las poblaciones de los
países y territorios del Sur. La cooperación vasca actual, sus políticas y prioridades y los
agentes a los que convoca están estrechamente relacionados con esta trayectoria.
Las organizaciones vascas de la sociedad civil que se articulaban alrededor de la
solidaridad internacional en los años ochenta provenían de dos tradiciones fuertemente
arraigadas en Euskadi: la tradición misionera y el internacionalismo. Ambas corrientes,
aparentemente divergentes, encontraron puentes para su articulación y consolidaron
alianzas de gran relevancia social y política; alianzas entre sí, con movimientos
organizados de la sociedad vasca y del Sur –como el ecologismo y el feminismo, por
mencionar algunos– y con las instituciones públicas. Las administraciones públicas
vascas, de forma incipiente, materializaron en iniciativas concretas los compromisos de
una sociedad dinámica, movilizada y diversa. La situación del pueblo saharaui, y de otros
pueblos y realidades humanas, ha sido entendida por la sociedad vasca a través del
liderazgo asumido por municipios vascos y el propio Parlamento Vasco, que han
impulsado y establecido hermanamientos y estrechas relaciones de reconocimiento de
sus complicadas situaciones políticas, sociales, humanitarias y de desarrollo.
Las movilizaciones a favor del 0,7 % –reivindicando la dedicación de recursos
públicos de las sociedades enriquecidas a la erradicación de la pobreza en los países y
territorios del Sur– tuvieron un fuerte eco en las calles vascas. Este compromiso de la
sociedad fue materializándose en actuaciones de las instituciones; así, es necesario
reconocer al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz como pionero en dedicar el 0,7 % del
presupuesto municipal a las políticas de cooperación, ya en el año 1988.
Tras este primer compromiso institucional vinieron muchos otros y, durante los
siguientes años, la política de cooperación avanzó decididamente en la
institucionalización y la profesionalización del sector solidario con el Sur. Durante esos
primeros años, distintas formas de articulación entre agentes tomaron relevancia, como,
por ejemplo, la creación de la Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo de Euskadi en 1988; la creación en 1990 del Fondo de Cooperación y Ayuda
al Desarrollo, por acuerdo entre el Gobierno Vasco y las diputaciones de los tres
territorios históricos de Euskadi, o la conformación de Euskal Fondoa-Asociación de
Entidades Locales Vascas Cooperantes, como espacio de articulación municipal a favor
de la cooperación, en 1996.
La trayectoria de esas décadas determinó la orientación de las dos leyes sobre
política pública de cooperación y solidaridad que aprobó el Parlamento Vasco en el
año 2007. Por un lado, la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el
Desarrollo, y, por otro lado, una iniciativa legislativa popular concretada en la
Ley 14/2007, de 28 de diciembre, que aprueba la Carta de Justicia y Solidaridad con los
Países Empobrecidos, para comprometer a Euskadi en unas relaciones más justas con
los países del Sur y en la que destacan materias como el comercio justo, la industria
armamentística o la deuda externa, por mencionar algunas. Las características

cve: BOE-A-2024-4866
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