III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-4848)
Resolución de 1 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollos Renovables Iberia Beta, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico "Rebordechao", de 154 MW de potencia instalada, y de sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Nogueira de Ramuín, Xunqueira de Espadanedo, Montederramo, Maceda, Vilar do Barrio, Laza, Castrelo do Val, Verín, Monterrei y Cualedro (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 29454

Con fecha 9 de febrero de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Pontevedra,
complementado posteriormente. En dicho informe queda recogido el resultado de la
tramitación completa derivada de ambos procedimientos de información pública.
Con fecha 23 de junio de 2023, tiene entrada escrito del promotor en esta
Dirección General solicitando la devolución de la garantía y posterior archivo del
expediente PEol-402, por la imposibilidad de continuar con la tramitación del mismo por
una causa no imputable a la Sociedad.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 13 de febrero de 2023 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 21 de
marzo de 2023, resolución por la que declara la terminación del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, por no contar con elementos de juicio suficientes para
formular una declaración de impacto ambiental, procediendo al archivo del expediente.
Quinto.

Permisos de acceso y conexión.

El proyecto obtuvo permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento
de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la Subestación PE Sil 220 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 19 de enero de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se declara la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto.

Trámite de audiencia.

Con fecha 9 de febrero de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la propuesta
de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto.
El promotor, con fecha 28 de febrero de 2024, responde al trámite de audiencia
solicitando el reconocimiento de su derecho a recuperar la garantía y a su inmediata
devolución, por considerar que el incumplimiento de los plazos establecidos en el Real
Decreto-ley 23/2020 fue causada por motivos ajenos a la Sociedad.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente resolución.

Primero.

Normativa aplicable.

Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación de impacto ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 1183/2020,
de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de
energía eléctrica.

cve: BOE-A-2024-4848
Verificable en https://www.boe.es

II. Fundamentos jurídicos