II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2024-4801)
Orden PJC/223/2024, de 5 de marzo, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Órganos con Jurisdicción Estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 29195

del Director del Instituto correspondiente acreditativo de que el funcionario utiliza unas
concretas aplicaciones informáticas judiciales).
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de
participación.
Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo
de presentación de estas.
La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Los solicitantes pertenecientes a la Administración del Estado deberán aportar un
certificado, expedido por la autoridad competente, acreditativo de su destino y de la
fecha de toma de posesión en el mismo, situación administrativa y de no estar en
situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar durante
el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dichas situaciones, ni suspendidos en
firme, ni sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que
se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de
falta grave o muy grave, respectivamente. Asimismo, tal y como se indica en el punto 3
de esta base, deberán aportar un certificado en el que figuren, desglosados por
subgrupos, los años, meses y días prestados como funcionarios. Estos datos deberán
estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Quinta.

Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al
hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado
C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.

Comisión de valoración.

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:

Asimismo, formarán parte de la Comisión, dos miembros en representación y a
propuesta de las Organizaciones Sindicales más representativas y las que cuenten con
más del 10 % de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el
ámbito correspondiente.
Los representantes de las organizaciones sindicales se designarán a propuesta de
estas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación por la
Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de 10 días
hábiles, se entenderá que dicha Organización renuncia a la designación.

cve: BOE-A-2024-4801
Verificable en https://www.boe.es

Presidente: El Subdirector General de Acceso y Promoción del Personal de la
Administración de Justicia o persona en quien delegue.
Vocales: Dos pertenecientes a la Dirección General para el Servicio Público de
Justicia, de los cuales uno de ellos actuará como Secretario, y un funcionario del Cuerpo
de Letrados de la Administración de Justicia.