III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4859)
Decreto 15/2024, de 20 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural la "Iglesia Parroquial de San Juan Bautista" de la localidad de Berzocana (Cáceres), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de bien de
interés cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Por otra parte, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al
contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara
y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el
artículo 8.1 b, será el «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
Es por ello que se procedió a dictar Resolución de 14 de abril de 2023, de la
Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración
de bien de interés cultural, a favor de la «Iglesia de Santa Florentina» de la localidad
de Berzocana (Cáceres), con nueva denominación como «Iglesia Parroquial de San
Juan Bautista» y categoría de monumento. La resolución fue publicada en el «Diario
Oficial de Extremadura» núm. 76, de 21 de abril de 2023, y en el «Boletín Oficial
del Estado» núm. 112, de 11 de mayo de 2023.
De la misma forma se procedió a su comunicación al Registro de Bienes de Interés
Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, donde aparece inscrito con el código de
anotación preventiva 6979.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 2 de junio de 2023, se procedió
a practicar la notificación a las personas interesadas en el procedimiento, así como
al Ayuntamiento de Berzocana (Cáceres), constando en el expediente las
correspondientes acreditaciones de haber sido recibidas por los mismos.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio
de notificación en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 177, de 26 de julio de 2023, a las
personas interesadas en el procedimiento que, por distintas causas, no recibieron las
mismas en los domicilios fiscales conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el artículo 4.1 de la citada ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente
se ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico y Cultural
de Extremadura.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto
de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera de
Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 20 de febrero de 2024, dispongo:
Artículo 1.
La declaración de la «Iglesia Parroquial de San Juan Bautista» de la localidad de
Berzocana (Cáceres), con categoría de monumento, como bien de interés cultural, de
acuerdo con las especificaciones de los anexos que se acompañan.
Publicaciones.

Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar al Ayuntamiento de Berzocana (Cáceres) y al resto de
personas interesadas.
Artículo 3. Inscripción en los registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura, para su inscripción definitiva en
el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

cve: BOE-A-2024-4859
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.