III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4859)
Decreto 15/2024, de 20 de febrero, por el que se declara bien de interés cultural la "Iglesia Parroquial de San Juan Bautista" de la localidad de Berzocana (Cáceres), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Martes 12 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Decreto 15/2024, de 20 de febrero, por el que se declara bien de interés
cultural la «Iglesia Parroquial de San Juan Bautista» de la localidad de
Berzocana (Cáceres), con categoría de monumento.

Mediante Real Decreto 3259/1977, de 28 de octubre, se declara monumento históricoartístico de carácter nacional a la Iglesia de Santa Florentina, de la localidad de Berzocana
(Cáceres), publicándose en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 303, de 20 de diciembre
de 1977. El bien quedó inscrito de manera provisional en el Registro de Bienes de Interés
Cultural con código 6979.
En el momento actual, se infiere la necesidad de adaptar la categoría de protección
conferida en su momento, Monumento Histórico-Artístico, a una de las categorías de
protección previstas en la citada norma. Asimismo, se ha constatado que se han utilizado
denominaciones diversas para identificar el monumento, por lo que es necesario
establecer una única denominación, de manera que, de aquí en adelante, el monumento
será identificado como «Iglesia Parroquial de San Juan Bautista».
Se estima necesario, conforme a las exigencias de la Ley 2/1999, de 29 de marzo,
de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que la descripción de la iglesia
parroquial de San Juan Bautista incluya reseña sobre los bienes muebles asociados a
esta, además de una delimitación gráfica del bien incoado, resultando adecuado además,
redefinir la descripción del bien y su delimitación, ateniéndose a las prescripciones legales
que en el Real Decreto 3259/1977, anteriormente citado, no se contenían.
Con el fin de efectuar tal declaración como bien de interés cultural de la iglesia
parroquial de San Juan Bautista, de la localidad de Berzona (Cáceres), se ha procedido
a elaborar una nueva memoria técnica por los servicios técnicos de la Dirección General
de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, con fecha 24 de febrero de 2021,
adaptada ya a las determinaciones legales.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983,
de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se
publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia
exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así
como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el
procedimiento para llevar a cabo la declaración de bien de interés cultural de un bien que
se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los bienes más
relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño deberán ser declarados de
interés cultural en la forma que el propio artículo detalla.
El artículo 6.1 de la citada ley, al establecer la clasificación de los bienes que puedan
ser declarados de interés cultural, incluye, con la categoría de monumento, en el
apartado a) los edificios y estructuras «de relevante interés histórico, artístico, etnológico,
científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que
expresamente se señalen».
Ha de significarse, a tales efectos, que la «iglesia parroquial de San Juan Bautista»
de Berzocana (Cáceres), edificio datable en los siglos XV-XVI, es uno de los más bellos
templos góticos de Extremadura. El lugar es un hito religioso en la comarca gracias a
que, en el mismo, se custodian los restos de san Fulgencio y santa Florentina, patronos
de la diócesis de Plasencia, motivo por el que el templo parroquial fue objeto de grandes
peregrinaciones en los siglos XVI y XVII, incluso desde fuera del ámbito de la diócesis.

cve: BOE-A-2024-4859
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