III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-4766)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de meteorología y climatología.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28776

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
4766

Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Agencia Estatal de Meteorología,
por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria,
en materia de meteorología y climatología.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del convenio entre la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y la Comunidad
Autónoma de Cantabria, en materia de meteorología y climatología de 29 de febrero
de 2024, que figura anexo a esta resolución.
Madrid, 5 de marzo de 2024.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología,
María José Rallo del Olmo.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y la Comunidad
Autónoma de Cantabria, en materia de meteorología y climatología
Santander/Madrid, a fecha de firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, doña María José Rallo del Olmo, Presidenta de la Agencia Estatal de
Meteorología, nombrada por Real Decreto 1212/2023, de 27 de diciembre (BOE de 28
de diciembre), en representación de la misma y en el ejercicio de las competencias
atribuidas por Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se crea la Agencia
Estatal de Meteorología (en adelante AEMET) y se aprueba su Estatuto.
Y de otra parte, doña María José Sáenz de Buruaga, Presidenta del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, nombrada por Decreto 568/2023, de 3 de julio, y de
acuerdo con las atribuciones conferidas por el Decreto 5/2018, de 22 de noviembre, de
Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de
la comunidad Autónoma de Cantabria.
Intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades
que, para convenir en nombre de las Instituciones que representan tienen conferidas.
Ambas partes se reconocen mutuamente con capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio y, a tal efecto,

Que la Agencia Estatal de Meteorología (en adelante la Agencia o AEMET), creada
por el Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero (BOE de 14 de febrero de 2008), es el
organismo público estatal al que corresponde la ejecución y gestión de las competencias
sobre el servicio meteorológico, atribuidas en exclusiva al Estado de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 149.1.20.ª de la Constitución Española.
Que AEMET dispone de una infraestructura de Centros y Observatorios
Meteorológicos, así como de sistemas de observación, integrada a nivel nacional para la
realización de sus funciones. Asimismo, AEMET dispone de una Delegación Territorial en

cve: BOE-A-2024-4766
Verificable en https://www.boe.es

EXPONEN