III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4770)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica hibridación Alijar, de 26,57 MWp, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Jerez de La Frontera, en la provincia de Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

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incremento de los regadíos, la implantación de variedades precoces de cereal, la
desaparición progresiva de los barbechos, el incremento del olivar en detrimento de
leguminosas y cereales, la eliminación de lindes y eriales y el uso de pesticidas han
supuesto una vulgarización del hábitat de esta especie, a la par que una reducción de los
recursos alimenticios, lo que tiene una clara repercusión en el éxito de la cría. Por otro
lado, a estos problemas hay que añadir el incremento de la carga ganadera en algunos
lugares, la urbanización, la proliferación de infraestructuras, la depredación y la caza
ilegal. De la misma manera, la eliminación de estepas y cultivos herbáceos implica la
eliminación del hábitat de cría del aguilucho cenizo y la ganga, especies también
amenazadas y amparadas por este Plan.
El Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial de Cádiz de la
Junta de Andalucía informa que la planta fotovoltaica se proyecta sobre terrenos
considerados de alto valor ecológico por los siguientes motivos:
– Incluidos íntegramente dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación y
Conservación de Aves Esteparias, en el cual se recoge que, entre las principales
amenazas para dichas especies, se encuentra la pérdida y degradación de sus hábitats
por diversas causas, incluida la instalación de proyectos de energías renovables.
– El análisis detallado de los censos de aves esteparias realizados por los equipos
de seguimiento de fauna en la última década permite concluir que se trata de un área
estratégica para el mantenimiento de las poblaciones del sisón y la ganga ibérica y muy
próxima a áreas consideradas críticas para el aguilucho cenizo.
– Los datos aportados por el EsIA ratifican que la zona seleccionada para la
implantación de la planta fotovoltaica es de uso intensivo para ejemplares de aguilucho
cenizo y cernícalo primilla, que nidifican en parcelas próximas.
Por todo ello, dicho Servicio concluye que la instalación de la planta fotovoltaica
proyectada tiene un impacto muy relevante sobre la biodiversidad y afecta
negativamente a especies amenazadas e informa desfavorablemente la instalación.
Valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor.

El análisis de la documentación pone de manifiesto que el entorno del proyecto
posee valores ambientales sensibles a las actuaciones previstas. Uno de los factores
que puede resultar más afectado es la fauna, y en concreto las aves esteparias puesto
que la eliminación de cultivos de secano puede provocar la reducción del hábitat para la
cría y el desarrollo de estas especies y el desplazamiento de las mismas a otros
territorios.
Según recoge el estudio de impacto ambiental, la zona es usada de manera intensiva
por ejemplares de aguilucho cenizo y cernícalo primilla, los cuales a su vez nidifican en
parcelas próximas. Por su parte, el Servicio de Gestión de Medio Natural de la
Delegación Territorial de Cádiz señala que los censos de aves esteparias realizados por
sus equipos de seguimiento muestran que la zona donde se prevé la implantación del
proyecto se corresponde con un área estratégica para el mantenimiento de las
poblaciones de sisón común y ganga ibérica, y está situada también muy próxima a
áreas consideradas críticas para el aguilucho cenizo.
La importancia de esta área para las aves esteparias queda constatada por su
inclusión dentro del Plan de Recuperación y Conservación de Aves Esteparias, en
especial para aguilucho cenizo, sisón común, ganga ibérica y avutarda. El plan
contempla la instalación de plantas fotovoltaicas como una de las causas de disminución
del hábitat de estas especies, lo que supone una importante amenaza para la
supervivencia de las mismas.
Las especies mencionadas se encuentra incluidas en el CEEA y en el LESRPE por lo
que cabe mencionar el artículo 57.1 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad, según el cual «La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en
Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las

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