II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-4732)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plaza de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 11 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 28507

examen de la documentación se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombradas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
solicitud.
10.5 En el caso previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con la persona
aspirante incluida inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas
a que se refiere la base 8 y que cumpla los requisitos, procediéndose en la forma
señalada en los apartados anteriores.
10.6 Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos
y condiciones para el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, sea requerida por el
Servicio de Recursos Humanos para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada a la
persona aspirante propuesta y aportada por ésta en la forma establecida en
apartado 10.2 de esta convocatoria.
11.

Nombramiento de funcionario, adjudicación de vacante y toma de posesión

11.1 El Rector de la Universidad Pública de Navarra nombrará funcionario de la
Universidad Pública de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico P.B.
(Análisis de Datos) y adjudicará la vacante, mediante Resolución, a la persona aspirante
que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.
11.2 El nombramiento y toma de posesión conferirán a la persona designada el
carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que
señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Universidad
Pública de Navarra, y será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad
Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.
11.3 El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y la persona
nombrada deberá tomar posesión del puesto de trabajo en el día que a tal efecto se fije
en la resolución de nombramiento.
Quien dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión,
perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la
Universidad Pública de Navarra. En este caso se estará a lo establecido en la base 10.5.
11.4 En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el
desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación
de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por
encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la
correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en la base 10.5.
12.

Lista de aspirantes a la contratación temporal

1) Lista de aprobados sin plaza.
2) Lista de aspirantes que no habiendo resultado aprobados sin plaza hayan
superado al menos una de las pruebas del proceso selectivo.
El orden de las personas aspirantes en las listas vendrá determinado por el mayor
número de pruebas superadas; y en caso de ser coincidente, se tomará en
consideración la mayor puntuación resultante del total de las pruebas realizadas.
Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de
desempate establecidos en la base 8.2 de esta convocatoria.

cve: BOE-A-2024-4732
Verificable en https://www.boe.es

12.1 De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno
de 25 de noviembre de 2014 por el que se regula la contratación en régimen
administrativo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad Pública de
Navarra, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación con aquellas
personas aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido
plaza en el mismo: