III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-4650)
Resolución 420/38068/2024, de 4 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio por alumnos de la universidad, y para la realización de estudios de postgrado de personal del Ejército del Aire y del Espacio en dicha universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28245

ANEXO I
Programa de Cooperación
Primero. Prácticas.
El número de alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) que realizarán
las prácticas en las unidades, será fijado anualmente por el Ejército del Aire y del
Espacio, acordándose normalmente que sean dos (2) alumnos durante el mismo período
de tiempo en cada unidad, salvo que por circunstancias especiales y de mutuo acuerdo
se pueda acordar un número superior. Esta oferta se presentará a la comisión mixta de
seguimiento, vigilancia y control, en función de la entidad del trabajo a desarrollar por los
alumnos.
La duración de las prácticas será de entre uno (1) y tres (3) meses aproximadamente,
aunque este tiempo pueda ajustarse según criterio de la comisión mixta de seguimiento,
vigilancia y control, en función de la entidad del trabajo a desarrollar por los alumnos.
La incorporación de los alumnos en prácticas en las unidades no ocasionará gastos
para las partes.
Las enseñanzas, objeto de las prácticas, se determinarán por la comisión mixta de
seguimiento, vigilancia y control, y en función de los intereses de la unidad objeto de las
prácticas.
Segundo.

Alojamiento.

El alojamiento y manutención de los alumnos correrá a cuenta de éstos. El Ejército
del Aire y del Espacio, dentro de las limitaciones impuestas por la operatividad de las
unidades, podrá conceder alojamiento dentro de las instalaciones de las unidades a los
alumnos, siempre que la disponibilidad de alojamiento y las circunstancias así lo
permitan. La solicitud de alojamiento se realizará a través de la comisión mixta de
seguimiento, vigilancia y control.
Tercero. Permisos.
La concesión de permisos estará condicionada a lo establecido por la UPM para la
concesión de permisos y vacaciones durante la realización de prácticas académicas.
ANEXO II
Normas generales de aplicación a los alumnos en prácticas

1. Uso de las instalaciones mientras dure el periodo de prácticas: los alumnos
gozarán del acceso a las instalaciones donde desarrollan su actividad práctica,
pabellones y zonas recreativas de las unidades, respetando en todo momento las áreas
prohibidas determinadas en la misma. Asimismo, se comprometerán a respetar y cumplir
las normas específicas que rigen en dichas unidades.
2. Transporte: podrán utilizar sus vehículos particulares para los desplazamientos
por el interior de la instalación militar. A tal efecto, estarán sujetos a las normas en vigor
sobre autorizaciones de vehículos y, específicamente, a las normas de circulación de la
unidad.
3. Con autorización expresa del jefe de la unidad, podrán utilizar los vehículos de
uso general de la unidad (si los hubiera), empleados para el transporte del personal
militar o civil autorizado, a la unidad o desde ella, conforme a los itinerarios y horarios
establecidos a tal fin. Esta autorización estará supeditada a la existencia de plazas libres
en los transportes establecidos.

cve: BOE-A-2024-4650
Verificable en https://www.boe.es

Primero. Aspecto social.