III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-4663)
Resolución de 4 de marzo de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Openfield Business, SL, para la organización del espectáculo teatral «Primera sangre».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28354

– La Empresa facilitará al INAEM (Centro Dramático Nacional) con la debida
antelación, el correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y
número de representaciones.
– En gira el INAEM (Centro Dramático Nacional) tendrá derecho a 2 localidades
diarias de buena visibilidad.
– La Empresa será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del Centro Dramático Nacional y
someterse a su aprobación.
– En las representaciones en gira, La Empresa negociará directamente con los
teatros contratantes los ingresos a percibir por las representaciones (cache o taquilla) y,
en consecuencia, asume el gasto y pago de los derechos de autor a través de la
Sociedad de Gestión que corresponda.
– La Empresa se compromete a no representar la obra «Primera sangre» en ningún
teatro dependiente de la Comunidad de Madrid hasta una vez finalizadas las
representaciones en la Sala Francisco Nieva del Teatro Valle-Inclán.
– Asimismo «Primera sangre» no podrá representarse en ningún teatro, ni oficial ni
privado, de Madrid capital, sin la oportuna autorización del INAEM, que deberá ser
solicitada, por escrito, por La Empresa.
– La Empresa se hará cargo y aportará, en su caso, el merchandising de la obra
«Primera sangre» respetando en todo momento la normativa del Centro Dramático
Nacional al respecto.
– La Empresa abonará al INAEM la cantidad de doscientos euros (200 euros)
exentos de IVA, por cada una de las representaciones en gira, no abonando ninguna
cantidad por las que se realicen en la Sala Francisco Nieva del Teatro Valle-Inclán.
– A partir de diez (10) representaciones en la misma plaza, La Empresa abonará al
INAEM la cantidad de ciento cincuenta euros (150 euros) exentos de IVA, desde la
primera representación.
– A partir de veintiuna (21) representaciones en la misma plaza, La Empresa
abonará al INAEM la cantidad de cien euros (100 euros) exentos de IVA, desde la
primera representación.
Séptima.

Activos.

Una vez finalizada la exhibición total de la obra «Primera sangre», se acordará entre
las partes el reparto, almacenaje, destrucción, venta o reciclaje de todos los activos de la
obra en el marco de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula octava.
Octava. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Novena.

Vigencia y modificación.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025 incluido desde
que adquiere eficacia.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo,

cve: BOE-A-2024-4663
Verificable en https://www.boe.es

Para la gestión del objeto de este convenio los interlocutores serán: por parte del
INAEM, el/la titular de Dirección de Producción del Centro Dramático Nacional o persona
en quien delegue; y, por la de La Empresa, el/la titular de Dirección de Producción o
persona en quien delegue, que serán las personas encargadas de resolver los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.