III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-4648)
Resolución de 4 de marzo de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, para apoyar el desarrollo del programa ordinario anual de actividades del Consorcio, en cumplimiento de sus fines generales de promoción de la cultura iberoamericana en España, como miembro de su alto patronato, durante el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Sábado 9 de marzo de 2024
Novena (9.ª).

Sec. III. Pág. 28228

Protección de datos.

9.1 Tratamiento de los Datos Personales de los firmantes del Convenio y de los
interlocutores de las Partes.
El presente apartado regula el tratamiento de datos personales de los representantes
firmantes del Convenio y de las personas físicas designadas a efectos de notificaciones
o para el desarrollo o ejecución del Convenio.
A) Cada una de las Partes, como responsables del tratamiento, informan que (i) los
datos personales (datos identificativos, de contacto, de firma, así como los que puedan
figurar en la documentación acreditativa de la representación) de los firmantes que
actúan en nombre y representación de cada una de las Partes en el presente Convenio
(los «Firmantes») así como; (ii) los datos personales (datos identificativos y de contacto)
de las personas que se indican en el presente Convenio a efecto de notificaciones (los
«interlocutores») o de aquellas otras que se pudieran indicar con posterioridad; serán
tratados por cada una de las Partes con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente Convenio.
B) BBVA y, en su caso Casa de América, tratarán los datos de los Firmantes para la
prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a los efectos de que
puedan cumplir con las obligaciones de recogida de información e identificación, así
como de suministro de información sobre operaciones de pago a las autoridades de
otros países, dentro y fuera de la Unión Europea, sobre la base de la legislación de
algunos países y acuerdos firmados entre los mismos.
Los datos de los Firmantes y los interlocutores serán conservados por las Partes
durante la vigencia de este Convenio. Una vez finalizado, quedarán bloqueados durante
los plazos de prescripción legal, con carácter general diez años. Transcurridos los plazos
de prescripción legal, los datos serán destruidos.
Las Partes no cederán a terceros los datos personales de los Firmantes y los
interlocutores, salvo que la ley así lo establezca.
Los Firmantes y los interlocutores podrán ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, mediante un
escrito al que se acompañe una copia de un documento acreditativo de su identidad, en
las siguientes direcciones: para BBVA en gdprproveedores.es@bbva.com y para Casa
de América en la dirección que consta en la cláusula Octava del presente Convenio.
Asimismo, si los Firmantes y los interlocutores consideran que no se han tratado sus
datos personales de acuerdo con la normativa de protección de datos, pueden contactar
con el Delegado de Protección de Datos de la respectiva Parte, si así fuera, en las
siguientes direcciones: para BBVA en dpogrupobbva@bbva.com y para Casa de
América a la dirección que consta en la cláusula Octava del presente Convenio.
Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de
Datos (www.agpd.es).
Tratamiento de datos de carácter personal.

Las Partes se comprometen a dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de éstos, por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, así como a observar la totalidad de las obligaciones derivadas de
dicha normativa y a guardar la más estricta confidencialidad respecto de cualquiera de
las informaciones, datos y documentación de carácter personal a que tengan acceso en
virtud del presente Convenio y al deber de guardarlos, sin que puedan utilizarlos para
usos diferentes a los previstos en el mismo.

cve: BOE-A-2024-4648
Verificable en https://www.boe.es

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