II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2024-4522)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 27700

Ministeriales o la Secretaría General o similar de los Organismos Públicos, sin perjuicio
de lo previsto en el epígrafe c) de este apartado.
a) Si se tiene destino en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial,
respectivamente, de Ministerios u organismos autónomos, por las Secretarías Generales
de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, sin
perjuicio de lo dispuesto en el epígrafe c) siguiente.
b) Si el destino es en el Ministerio de Defensa, por la Subdirección General de
Personal Civil del Departamento, en el caso de personal funcionario destinado o cuyo
último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid y los Delegados de
Defensa en el caso de personal funcionario destinado o cuyo último destino definitivo
haya sido en los servicios periféricos de dicho Ministerio.
c) A quienes se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas por el
órgano competente en materia de personal de la Administración de destino.
d) Las certificaciones para el personal que se encuentre en situación administrativa
distinta a la de activo, con derecho a reserva de puesto de trabajo, serán expedidas por
las unidades de personal donde hubieren tenido su último destino en servicio activo.
e) Las certificaciones para las personas que se encuentren en situación
administrativa distinta a la de activo, sin derecho a reserva de puesto de trabajo, serán
expedidas por la Dirección General de la Función Pública, para el personal funcionario
perteneciente a cuerpos o escalas adscritos al Ministerio para la Transformación Digital y
de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado Función Pública. En el caso de
personal funcionario perteneciente a cuerpos o escalas adscritos a otros departamentos,
por el Ministerio correspondiente.
4. Los concursantes que procedan de la situación de suspensión de funciones
acompañarán a la solicitud documentación acreditativa de haber finalizado el período de
suspensión.
5. Los funcionarios que aleguen alguna de las situaciones consignadas en la base
quinta, punto 1, apartado 1.5, como mérito, deberán aportar para su acreditación la
siguiente documentación, antes de la finalización del plazo de presentación de
instancias:
a)

Destino previo del cónyuge funcionario:

Certificación acreditativa del destino del cónyuge y de su forma de provisión,
expedida por la Unidad Administrativa competente donde el cónyuge se halle destinado.
Certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial o copia del libro
de familia.
Cuidado de hijos:

Inscripción de nacimiento, copia del libro de familia o resolución administrativa o
judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.
Justificación del municipio correspondiente al domicilio habitual de los hijos mediante
certificado literal de empadronamiento y certificado de la Escuela Infantil o Colegio en el
que estén matriculados éstos (en el caso de que no estén escolarizados deberán aportar
cualquier otro documento que muestre la vinculación con el municipio, como puede ser
alguna documentación sanitaria).
Declaración del progenitor solicitante, debidamente firmada, justificando
fehacientemente las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor
atención del menor, acompañada en su caso de la correspondiente documentación
acreditativa, recibos de guardería,…).
c)

Cuidado de un familiar:

Parentesco: libro de familia y/o otros documentos públicos que acrediten la relación
hasta el segundo grado, inclusive, de consanguinidad o afinidad.

cve: BOE-A-2024-4522
Verificable en https://www.boe.es

b)