II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2024-4522)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 27697

La valoración de los méritos en la segunda fase deberá efectuarse mediante
puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los
miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima
y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.
Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta
que se levantará al efecto.
Los puestos convocados no podrán declararse desiertos cuando existan solicitantes
que hayan obtenido la puntuación mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia
de una reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación en sus
características funcionales, orgánicas o retributivas, o esté tramitándose una
modificación en tal sentido.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se efectuará de acuerdo
con el siguiente baremo:
1.

Primera fase:

La valoración máxima de esta primera fase no podrá ser superior a 12 puntos.
Méritos generales.
1.1 Valoración del grado personal. Por la posesión de grado personal se
adjudicarán hasta un máximo de 2 puntos, según la distribución siguiente:
Por tener grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 2 puntos.
Por tener un grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 1 punto.
1.2

Valoración del trabajo desarrollado:

Por el tiempo de permanencia en los puestos de trabajo anteriormente
desempeñados como funcionario de carrera de cuerpos o escalas del subgrupo A1, se
asignará, con un máximo de 3 puntos, la puntuación más alta resultante de la aplicación
de una de las siguientes reglas:
Por haber ocupado puestos de trabajo de nivel igual al del puesto al que se concursa
o con la consideración de alto cargo, durante más de dos años, 3 puntos.
Por haber ocupado puestos de trabajo de nivel igual al del puesto al que se concursa
o con la consideración de alto cargo, durante menos de dos años, 2,5 puntos.
Por haber ocupado puestos de trabajo de nivel inferior al del puesto al que se
concursa, durante más de dos años, 2 puntos.
Por haber ocupado puestos de trabajo de nivel inferior al del puesto al que se
concursa, durante menos de dos años, 1,5 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento:

Por la superación o impartición de cursos de formación y perfeccionamiento, distinto
del señalado en la base primera, que tengan relación directa con las actividades a
desarrollar en el puesto de trabajo que se solicita, en los que se haya expedido diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición: 0,5 puntos por cada curso y el doble si se ha impartido, con un máximo de 2
puntos.
1.4

Antigüedad:

Por cada año completo de servicios en las distintas Administraciones Públicas: 0,25
puntos, hasta un máximo de 3 puntos.
A estos efectos, se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso
en el Cuerpo o Escala expresamente reconocidos. No se computarán servicios que
hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

cve: BOE-A-2024-4522
Verificable en https://www.boe.es

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