III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-4607)
Resolución de 4 de marzo de 2024, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 28143

Tercera. Ámbito de cooperación.
La cooperación entre las partes se concretará en las siguientes actuaciones:
a) El CDTI, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, adquieren los siguientes
compromisos conjuntos:
a.1) Asesoramiento recíproco, apoyo e intercambio de información, con especial
atención a las necesidades del sector empresarial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, tanto desde la perspectiva nacional como internacional.
a.2) Coordinación para la cofinanciación de proyectos de I+D+i que se consideren
de interés, de forma que se asegure su viabilidad financiera a través de un mecanismo
de complementariedad. Para ello, cada una de las entidades firmantes, en función de su
disponibilidad presupuestaria y de acuerdo con sus normas internas, aportará, en
su caso, la financiación que considere más adecuada de entre las distintas modalidades
existentes.
b)

El CDTI adquiere los siguientes compromisos:

b.1) Prestación de asistencia y apoyo a la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional y a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
en las actuaciones de promoción de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica
referidas en el apartado c.1) de la presente cláusula, así como en los servicios previstos
en el apartado c.2).
b.2) Información a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y a
la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de la situación del proceso
de evaluación de todos aquellos proyectos que hayan sido presentados al CDTI
procedentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura a los efectos descritos en el
apartado c.2) de la presente cláusula.
c) La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, adquieren los siguientes compromisos:
c.1) Organización y ejecución de actividades comunes relacionadas con la
promoción de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como de los instrumentos financieros y programas de
ayudas existentes, tanto nacionales como internacionales.
c.2) Prestación de un servicio de asesoramiento a las empresas sobre propuestas
de proyectos de I+D, tanto nacionales como internacionales.
Cuarta.

Comisión Mixta.

Quinta. Funciones de la Comisión Mixta.
Corresponden a la Comisión Mixta las siguientes funciones:
a) Planificar y elaborar el Plan de Actuación inicial y, en su caso, los sucesivos que
irán detallando las formas de cooperación necesarias para el cumplimiento de los
objetivos del presente convenio. La estructura de los planes de actuación se adjunta
como anexo al presente convenio.

cve: BOE-A-2024-4607
Verificable en https://www.boe.es

Dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde la fecha de la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de este convenio deberá constituirse una Comisión Mixta
integrada por un mínimo de dos y un máximo de cuatro representantes por cada una de
las partes. Esta Comisión Mixta fijará sus propias normas de funcionamiento, debiendo
reunirse con carácter ordinario al menos una vez al año o, de forma extraordinaria,
cuando lo solicite justificadamente cualquiera de las partes.