III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-4581)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Tías, por la que se suspende la inscripción de una escritura de manifestación y adjudicación parcial de herencia.
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Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

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adicionales» con el fin de identificarlos y acreditar su participación en la herencia
conforme a la ley reguladora de la sucesión. En el Anexo IV, Nota 11 a Pie de Página
consta lo siguiente: «Si se trata de más de un heredero, adjúntese una hoja adicional».
No se completa esto en la escritura calificada, ya que, en el otorgamiento, intervienen,
además de la viuda mencionada como heredera en el certificado sucesorio, otros que,
como herederos, no acreditan su condición de tales aportando el título sucesorio que los
designe, y aun cuando no son adjudicatarios de ninguno de los bienes del inventario
parcial, son interesados en la herencia.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso interpuesto y confirmar la
calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-4581
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 31 de enero de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X