III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-4580)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil III de Sevilla, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Viernes 8 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4580

Resolución de 30 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por el registrador mercantil III de Sevilla, por la que se rechaza el
depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2022.

En el recurso interpuesto por don G. A. A., como administrador único de la sociedad
«Dropsdemar, SLU», contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil
III de Sevilla, don Juan Ignacio Madrid Alonso, por la que se rechaza el depósito de
cuentas de la sociedad correspondiente al ejercicio 2022.
Hechos
I
Se solicitó del Registro Mercantil de Sevilla la práctica del depósito de las cuentas
correspondientes al ejercicio 2022 de la sociedad «Dropsdemar, SLU», con presentación
de la documentación correspondiente.
Del modelo oficial de cuentas anuales presentado a depósito resultaba que el capital
social de la sociedad es de 6.020 euros.
Del contenido del Registro particular de la sociedad, resultaba que su capital era
de 3.010 euros. También resultaba que, producida la absorción de la sociedad
«Chemical Drops, SL» por la sociedad «Dropsdemar, SLU» se realizó, de acuerdo al
contenido del artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones
estructurales de las sociedades mercantiles, por ser el socio único de ambas sociedades
la misma persona (don G. A. A.) y constando expresamente que, por esta circunstancia,
la fusión se realizaba sin aumento de capital de la sociedad absorbente.
También resultaba que la hoja de la sociedad se encontraba cerrada por falta de
depósito de las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios 2019 a 2021, ambos
inclusive.
II

«Don Juan Ignacio Madrid Alonso, Registrador Mercantil Mercantil [sic] de Registro
Mercantil de Sevilla, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los
artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha
resuelto no practicar el depósito solicitado conforme a los siguientes hechos y
fundamentos de Derecho:
Hechos.
Diario/Asiento: 32/25760.
F. presentación: 27/07/2023.
Entrada: 2/2023/526663,0.
Sociedad: Dropsdemar Sociedad Limitada.
Ejerc. depósito: 2022.
Hoja: SE-84144.

cve: BOE-A-2024-4580
Verificable en https://www.boe.es

Presentada la referida documentación en el Registro Mercantil de Sevilla, fue objeto
de la siguiente nota de calificación: