III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4479)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Corredor verde al oeste del casco urbano de Torre-Pacheco y adecuación hidrológica de la Rambla de la Señora, T.M. de Torre Pacheco (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

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los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en las obras
(excluyendo los materiales de origen natural referidos en la categoría 17 05 04 de la
Lista Europea de Residuos establecida por la Decisión 2000/532/CE), se reutilizarán,
reciclarán o recuperarán. En este sentido, el total de residuos que se tratarán es
de 49.525,65 toneladas. El excedente de tierras (466.124 m3) se valorizará fuera de la
obra y, para ello, se seguirán las prescripciones y requisitos de la Orden APM/1007/2017,
de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales
excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en
las que se generaron, y en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular. Además, se cumplirá con la legislación estatal
vigente respecto a los residuos de construcción y demolición. Se priorizará el relleno de
zonas próximas que en el pasado hayan servido de préstamo de material, su traslado a
parcelas cercanas con objeto de acondicionarlas y acopiarlas hasta su posterior
reutilización y, por último, el traslado a gestores autorizados. Finalmente, el promotor
considera el impacto de generación de residuos y su gestión como severo durante las
obras y moderado durante la fase de funcionamiento (por la necesidad de gestión de los
sedimentos retenidos).
La Dirección General de Medio Natural de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia indica que se producirán impactos moderados sobre el relieve debido a la
creación de nuevos tramos de desagüe en el corredor verde y la construcción de un
canal en la vía verde. Se consideran positivos los impactos sobre los procesos erosivos y
de reducción de la contaminación del Mar Menor.
La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia traslada que las obras están situadas en terrenos
incluidos dentro del ámbito territorial de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial
del Litoral de la Región de Murcia (DPOTL) (Decreto núm. 57/2004, de 18 de junio).
Prácticamente todo el ámbito de actuación se sitúa en Suelo de Protección Agrícola con
alto valor productivo. Por ello, las actuaciones están condicionadas a la ordenación
territorial y sectorial y a la planificación municipal y deberá solicitarse informe a la
Dirección General competente en materia agrícola de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia. Por otro lado, según las DPOTL, la ZAC se sitúa en suelo de
protección de cauces. Las infraestructuras en estos suelos protegidos están
condicionadas a la ordenación territorial y sectorial y a la planificación municipal. Dada la
finalidad de la ZAC y el promotor de la actuación, la implementación de la medida con el
régimen de explotación establecido es adecuada y las actuaciones son compatibles con
los instrumentos de ordenación del territorio vigentes. Finalmente, el organismo señala
que las actuaciones proyectadas son también coherentes con los objetivos planteados
en el futuro Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor.
La Subdirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Región de Murcia
recoge un conjunto de indicaciones relativas a la adecuada gestión de residuos que
incluye el promotor en la documentación. Asimismo, se han incorporado algunas
consideraciones en el apartado de prescripciones de la presente resolución.

El documento ambiental señala que la mayor parte de la traza del corredor se ubica
sobre superficie agrícola, la única vegetación natural se encuentra en un estado de
degradación grave y se localiza en las ramblas y los pequeños cauces interceptados que
suponen un 9 % (3,44 ha) de la superficie de ocupación total. En la zona donde se
desarrollarán las actuaciones, no se localizan microreservas ni planes de recuperación
de flora, ni árboles monumentales. Según la cartografía oficial de hábitats terrestres
identificados en el año 2019 por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, no
existe afección directa ni indirecta sobre hábitats de interés comunitario (HIC).
Asimismo, tras la visita de campo a la zona de actuación, el promotor indica que no
se ha localizado ninguna especie protegida ni catalogada que requiera especial
protección. La zona de actuación presenta cultivos y parcelas agrícolas abandonadas

cve: BOE-A-2024-4479
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Flora.