III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-4479)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Corredor verde al oeste del casco urbano de Torre-Pacheco y adecuación hidrológica de la Rambla de la Señora, T.M. de Torre Pacheco (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

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afectados, se deduce que se trata de subtramos con un riesgo global promedio de
inundación moderado, siendo de mayor peligrosidad el subtramo de la desembocadura
de la rambla del Albujón. Durante la fase de obras, considera que el impacto sobre la
calidad de las aguas superficiales, únicamente, podría producirse de manera accidental y
sería de tipo reversible. Asimismo, señala que las aguas residuales serán generadas por
el aseo de los trabajadores.
Durante la fase de funcionamiento, valora el impacto sobre dichas masas de agua,
en concreto, sobre la recuperación de la laguna del Mar Menor, como positivo. Los
caudales líquidos vertientes al Mar Menor desde la rambla de Albujón no sufrirán
cambios por el proyecto, salvo en su punto de confluencia, y se estima que el proyecto
mejorará el buen estado hidromorfológico de dicha rambla. Asimismo, el promotor indica
que los caudales sólidos se reducirán debido a que la obra proyectada posee capacidad
para sedimentarlos. En este sentido, se define el umbral de sedimentación que garantiza
el correcto funcionamiento de la obra y que supone un volumen total de 121.665,49 m3
que será necesario extraer, retirar y gestionar.
Sobre las zonas inundables, se comparan las superficies de inundación con calados
superiores a 0,05 m y se concluye que, para un periodo de retorno T10, la superficie
inundada sin desarrollarse el proyecto sería de 23.088,942 m2, mientras que, una vez
ejecutado, sería de 18.845,244 m2. La documentación presentada incluye modelos
hidrológicos con HEC-HMS para los periodos de retorno de 2, 10, 100 y 500 años.
En relación con las aguas subterráneas, el promotor indica que sólo en uno de los
once sondeos realizados, se detectó el nivel freático. Según el documento ambiental,
dicho hallazgo se justifica como una fuga de agua entre el canal del postrasvase y un
embalse privado. Por tanto, el promotor considera despreciables las posibles afecciones
del proyecto sobre el acuífero Campo de Cartagena durante las obras. No considera
previsibles que se produzcan afecciones directas por reducción de la capacidad de carga
del acuífero durante la fase de funcionamiento del proyecto. Finalmente, el impacto
sobre la hidromorfología se considera positivo.
En cuanto a las medidas propuestas para reducir los impactos del proyecto sobre el
agua, el promotor señala que se prohibirá la instalación de fosas sépticas y el vertido
sobre el terreno de residuos sólidos y líquidos. Además, plantea cumplir con la
legislación estatal de aplicación respecto a los residuos de construcción y demolición;
garantizar que al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición
no peligrosos (excluyendo a los materiales de origen natural referidos en la categoría 17
05 04 de la Lista Europea de Residuos establecida por la Decisión 2000/532/CE)
generados en las obras de construcción, se reutilizarán, reciclarán o recuperarán.
Asimismo, el promotor establece medidas generales relativas a la gestión de residuos,
como implantar sistemas de clasificación de residuos en la obra, creación de puntos
limpios localizados en zonas de instalaciones auxiliares, la correcta gestión de los
contenedores y la entrega de residuos a gestores autorizados. En relación con los
residuos peligrosos, se evitarán fugas y derrames durante las obras; se separarán,
envasarán y etiquetarán adecuadamente; se registrarán los residuos peligrosos
producidos y su destino; la retirada inmediata, almacenamiento y eliminación de los
materiales vertidos y tierras contaminadas en caso de vertido accidental, etc. Además,
se establecerá un protocolo de intervención para las situaciones de emergencia con
riesgo ambiental asociado a episodios accidentales de contaminación (vertidos,
derrames, etc.). Los contenidos de este protocolo incluirán la formación del personal
participante en las obras, la activación de un plan de contingencia y la comunicación
inmediata a la Confederación Hidrográfica del Segura. Por otro lado, indica que se
dispondrá de un inodoro químico durante la fase de construcción para evitar los vertidos
de aguas residuales.
En cuanto a la gestión de los sedimentos, el promotor señala que se priorizará, en
primer lugar, la enmienda agrícola tras la realización de las analíticas correspondientes y,
en segundo lugar, la reutilización. Como criterio general, plantea una revisión anual de
los testigos y zonas de confluencia de flujos, o cada vez que ocurran episodios de lluvia

cve: BOE-A-2024-4479
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Núm. 59