III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4468)
Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica la tercera Adenda del Convenio con la Axencia Galega de Infraestruturas, para fomento de la movilidad sostenible en la fachada marítima de Ferrol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27260

Así el antiguo párrafo:
«O presupuesto necesario para la ejecución de estas obras se estima en tres
millones ochocientos mil euros (3.800.000,00 euros), IVA no incluido.»
Se sustituye por este otro:
«El presupuesto necesario para la ejecución de estas obras se estima en tres
millones ciento trece mil novecientos sesenta y seis euros con ochenta y
ocho céntimos (3.113.966,88 euros), IVA no incluido.»
Tercera.

Compromisos de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Se modifica el cuadro de financiación, y el resto mantiene su vigencia.
Así el antiguo cuadro de financiación:
«Año

Importe

Euros

2023

500.000,00

2024

2.613.966,88

Total.

3.113.966,88»

Se sustituye por este otro:
«Año

Importe

Euros

2023

150.000,00

2024

2.613.966,88

2025

350.000,00

Total.

Cuarta.

3.113.966,88»

Justificación y pago.

Esta cláusula mantiene su vigencia con excepción del antepenúltimo párrafo, que se
modifica para incluir la referencia a las obras realizadas en 2025.
Así el antiguo párrafo:

Se sustituye por este:
«Serán subvencionables los gastos de ejecución de las obras realizados durante los
años 2023, 2024 y 2025. En ningún caso serán subvencionables el coste de la
reposición de los servicios afectados que no estén recogidos en el presupuesto base de
licitación del proyecto ni la obtención de autorizaciones y de los terrenos privados
afectados por la ejecución de las obras.»

cve: BOE-A-2024-4468
Verificable en https://www.boe.es

«Serán subvencionables los gastos de ejecución de las obras realizados durante los
años 2023 y 2024. En ningún caso serán subvencionables el coste de la reposición de
los servicios afectados que no estén recogidos en el presupuesto base de licitación del
proyecto ni la obtención de autorizaciones y de los terrenos privados afectados por la
ejecución de las obras.»