III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4467)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y Cruz Roja, en el ámbito de la búsqueda y salvamento de las personas en peligro en la mar y la lucha contra la contaminación marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

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El ámbito de actuación de las embarcaciones operadas por CRE se centrará
preferentemente en las aguas costeras, extendiéndose éste en supuestos de
emergencia donde sea necesario y a criterio del centro coordinador de SASEMAR que
corresponda, de acuerdo con la persona responsable de la embarcación.
En este contexto de mejora de la operatividad de las embarcaciones existentes y
renovación, se contempla la sustitución progresiva de la flota de embarcaciones
operadas por Cruz Roja Española y adscritas a SASEMAR, por otras más adecuadas
para su ámbito de actuación, llevando a cabo para ello los necesarios estudios y
proyectos de investigación e innovación.
Cruz Roja Española podrá aportar unidades de su propiedad ya existentes, que se
encuentren en las adecuadas condiciones de operatividad, para complementar el
servicio de las que ya estén integradas en el convenio.
Uno de los fines de Cruz Roja Española consiste en favorecer la participación de la
ciudadanía en su calidad de personas voluntarias en aquellas iniciativas sociales y
humanitarias que lo demanden; por ello, y en el marco de las operaciones de búsqueda y
salvamento en el ámbito de la seguridad y protección de la vida en el mar, se considera
de vital importancia la implicación de la sociedad civil y su participación como tripulantes
de las embarcaciones de salvamento, sin rebajar en ningún caso el nivel de preparación
y de seguridad.
Quinto.
Finalizado el plazo de vigencia del convenio anterior que fija la Ley 40/2015, las
Partes con el propósito de asegurar la actuación de las embarcaciones propias de la
Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y cedidas en uso a Cruz Roja Española
para el salvamento y seguridad de la vida humana en la mar acuerdan suscribir el
presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

– El salvamento de vidas humanas.
– La búsqueda y rescate de personas desaparecidas en la costa, colaborando con
los medios precisos para su atención inmediata y evacuación adecuada a Centros de
Asistencia Sanitaria, cuando sea necesario.
– Para el apoyo en operaciones de búsqueda de supervivientes en las que
intervengan diferentes unidades.
– Apoyo en operaciones de lucha contra la contaminación marina en el litoral.
– Remolque de embarcaciones en peligro, siempre que no afecte a la seguridad de
la tripulación y de la embarcación de salvamento.
– Colaboración con los diferentes organismos con competencias en materia de
salvamento marítimo en cualquier episodio en el que estén implicadas vidas humanas en
peligro.
– Apoyo a la Administración Marítima española (a través de la Sociedad de
Salvamento y Seguridad Marítima), en aquellos lugares donde no existan unidades de la
Sociedad.
– Todas aquellas actividades, simulacros, ejercicios, etc., cuyo fin sea el de
adiestramiento personal conjunto, mejora de la operatividad y la coordinación para un
mejor desarrollo de las operaciones de salvamento en las que intervengan distintas
unidades.

cve: BOE-A-2024-4467
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre Cruz Roja Española y la
Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima en la prestación de los servicios de
búsqueda, rescate, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación en la zona del
mar territorial español para: