III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4467)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y Cruz Roja, en el ámbito de la búsqueda y salvamento de las personas en peligro en la mar y la lucha contra la contaminación marina.
28 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

Embarcación

Año

Sec. III. Pág. 27244

Marca/modelo

LS-HADES.

2008

ZODIAC HURRICANE 733 IB.

LS-MEDUSA.

1999

DUARRY CORMORAN 733 IB.

LS-ESCILA.

2008

ZODIAC HURRICANE 733 IB.

Cualquier modificación de esta información deberá quedar recogida y actualizada en
las actas de reunión de la Comisión de Seguimiento, así como en los planes anuales de
acción en los que se sustenta el presente convenio.
ANEXO VII
Coordinación de las operaciones de búsqueda y salvamento marítimo
A)

Ámbito de actuación

Cruz Roja Española (en adelante CRE) colaborará con la Sociedad de Salvamento y
Seguridad Marítima, en virtud del convenio suscrito, en la prestación de los servicios de
búsqueda, rescate, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación en las tareas
concretas que a continuación se señalan, con las embarcaciones relacionadas en el
anexo V y anexo VI en la zona del mar territorial español para:
– Salvamento de vidas humanas.
– Búsqueda y rescate de personas desaparecidas en la costa, colaborando con los
medios precisos para su atención inmediata y evacuación adecuada a Centros de
Asistencia Sanitaria, cuando sea necesario.
– Apoyo en operaciones de búsqueda de supervivientes en las que intervengan
diferentes unidades.
– Apoyo en operaciones de lucha contra la contaminación marina en el litoral.
– Remolque de embarcaciones en peligro, siempre que no afecte a la seguridad de
la tripulación y de la embarcación de salvamento.
– Colaboración con los diferentes organismos con competencias en materia de
salvamento marítimo en cualquier episodio en el que estén implicadas vidas humanas en
peligro.
– Apoyo a la Administración Marítima española (a través de la Sociedad de
Salvamento y Seguridad Marítima), en aquellos lugares donde no existan unidades de la
Sociedad.
– Todas aquellas actividades, simulacros, ejercicios, etc., cuyo fin sea el de
adiestramiento personal, mejora de la operatividad y la coordinación para un mejor
desarrollo de las operaciones de salvamento en las que intervengan distintas unidades.

cve: BOE-A-2024-4467
Verificable en https://www.boe.es

Para posibilitar estas actividades, CRE dispondrá del uso de las embarcaciones
adscritas al convenio en concepto de disponibilidad total; de igual forma, CRE podrá, en
función de sus prioridades y según la disponibilidad de estas, usar otras embarcaciones
con su correspondiente personal para apoyo de las operaciones de búsqueda y
salvamento marítimo.