III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-4466)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda prórroga al Convenio con Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA y el Ayuntamiento de Alpedrete, para la construcción, financiación, puesta en servicio y mantenimiento de una pasarela urbana en la estación de Mataespesa de Alpedrete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27229

En virtud de lo anterior, las partes firman la presente Adenda I-Prórroga del citado
convenio con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Prorrogar por cuatro (4) años la vigencia del convenio en vigor desde el 10 de febrero
de 2020 entre el Ayuntamiento de Alpedrete, Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal,
SA, y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, desde el 10 de febrero de 2024
hasta el 9 de febrero de 2028, que tiene por objeto la construcción, financiación, puesta
en servicio y posterior mantenimiento de una pasarela peatonal en la estación de
Mataespesa de Alpedrete, que permita el intercambio de viajeros entre andenes y que
sirva, a su vez, como paso para conectar los dos lados de la población, suprimiéndose el
actual paso a nivel existente.
Segunda.

Validez y eficacia.

La presente Adenda I se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la mismo
plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo asimismo ser
publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial
del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la
Comunidad Autónoma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera. Subsidiariedad.
Para aquellos extremos no contemplados expresamente en la presente I AdendaPrórroga, las partes se ratifican en el convenio suscrito entre el Ayuntamiento, Renfe
Viajeros y ADIF, firmado el 23 de septiembre de 2019, en vigor desde el 10 de febrero
de 2020.

cve: BOE-A-2024-4466
Verificable en https://www.boe.es

Así lo acuerdan y convienen, a cuyo fin y para su debida constancia, firman la
presente Adenda I-Prórroga electrónicamente, quedando un ejemplar en poder de cada
una de las partes, siendo perfeccionado en la fecha de firma del último de los
signatarios.–Por el Ayuntamiento de Alpedrete, el Alcalde, Juan Rodríguez Fernández
Alfaro.–Por Renfe Viajeros, Sociedad Mercantil Estatal, SA, el Presidente, Raül Blanco
Díaz.–Por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el Presidente, Ángel
Contreras Marín.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X