I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-4428)
Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
<< 27 << Página 27
Página 28 Pág. 28
-
28 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Jueves 7 de marzo de 2024
Disposición final quinta.

Sec. I. Pág. 27138

Desarrollo y ejecución.

1. Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de
recuperación económica y social de La Palma para adoptar las disposiciones necesarias
para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto-ley.
2. En el plazo de tres meses, mediante orden de la consejería competente en
materia de espacios naturales protegidos se acordará inicio del procedimiento para la
declaración como espacio natural protegido de la zona de recuperación sujeta a medidas
cautelares.
Disposición final sexta.

Entrada en vigor.

El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín
Oficial de Canarias».
Dado en Canarias, 18 de diciembre de 2023.–El Presidente del Gobierno, Fernando
Clavijo Batlle.–La Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y
Seguridad, Nieves Lady Barreto Hernández.

cve: BOE-A-2024-4428
Verificable en https://www.boe.es

(Decreto-ley y planos publicados en el «Boletín Oficial de Canarias» número 247, de 19 de diciembre
de 2023. Convalidado por Acuerdo del Parlamento de Canarias, publicado en el «Boletín Oficial de Canarias»
número 19, de 26 de enero de 2024)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X