I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-4428)
Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Jueves 7 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 27137
5. El Gobierno de Canarias, mediante acuerdo, a propuesta conjunta de las
Consejerías con competencia en materia de función pública y de hacienda,
determinará las medidas que garanticen la puesta en marcha efectiva de la Unidad
Temporal de gestión para la recuperación social y económica de La Palma, con la
correspondiente dotación presupuestaria, a partir del 1 de enero de 2024, con
cargo a la dotación prevista en el capítulo 1 de la sección 19 “Diversas
consejerías”, tramitándose la modificación de crédito necesaria a favor de la
Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad,
destinada a dotar los créditos para atender los costes salariales del personal que
se adscriba a la referida unidad.»
Dos. Se adiciona un anexo al Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, con el
siguiente contenido:
«ANEXO
Estructura Unidad Temporal de Gestión para la recuperación social y
económica de La Palma
ESTRUCTURA POR NIVELES ORGANIZATIVOS
Área de Coordinación Económico-Administrativa
(Jefatura de área)
Servicio Económico
(Jefatura de servicio)
Servicio Administrativo
(Jefatura de servicio)
Jefatura de Sección.
Jefatura de Sección.
Arquitecto/a.
Técnico/a.
Técnico/a de Gestión Económica. Técnico/a.
Auxiliar.
Jefatura de Negociado.
Auxiliar.
Auxiliar.
Auxiliar.
Tres.
Se suprime la Oficina de coordinación económica y de asistencia a los
afectados por el volcán de la isla de La Palma y se deroga la disposición adicional
tercera del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre. Los medios personales y
materiales de la citada oficina se adscriben a la Viceconsejería para la Recuperación
Económica y Social de La Palma.
Cuatro. El resto del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, no afectado por esta
modificación, se mantiene vigente.
cve: BOE-A-2024-4428
Verificable en https://www.boe.es
Mediante orden del departamento competente en materia de recuperación
económica y social de La Palma se aprobará la descripción de la estructura de
puestos de trabajo estableciendo, para cada uno de ellos, los datos referidos a
denominación, código, funciones, vínculo, grupo profesional, clasificación,
administración de procedencia, nivel y complemento, titulación académica, en su
caso, mérito preferente, forma de provisión, jornada, localización y modalidad de
prestación.»
Núm. 59
Jueves 7 de marzo de 2024
Sec. I. Pág. 27137
5. El Gobierno de Canarias, mediante acuerdo, a propuesta conjunta de las
Consejerías con competencia en materia de función pública y de hacienda,
determinará las medidas que garanticen la puesta en marcha efectiva de la Unidad
Temporal de gestión para la recuperación social y económica de La Palma, con la
correspondiente dotación presupuestaria, a partir del 1 de enero de 2024, con
cargo a la dotación prevista en el capítulo 1 de la sección 19 “Diversas
consejerías”, tramitándose la modificación de crédito necesaria a favor de la
Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad,
destinada a dotar los créditos para atender los costes salariales del personal que
se adscriba a la referida unidad.»
Dos. Se adiciona un anexo al Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, con el
siguiente contenido:
«ANEXO
Estructura Unidad Temporal de Gestión para la recuperación social y
económica de La Palma
ESTRUCTURA POR NIVELES ORGANIZATIVOS
Área de Coordinación Económico-Administrativa
(Jefatura de área)
Servicio Económico
(Jefatura de servicio)
Servicio Administrativo
(Jefatura de servicio)
Jefatura de Sección.
Jefatura de Sección.
Arquitecto/a.
Técnico/a.
Técnico/a de Gestión Económica. Técnico/a.
Auxiliar.
Jefatura de Negociado.
Auxiliar.
Auxiliar.
Auxiliar.
Tres.
Se suprime la Oficina de coordinación económica y de asistencia a los
afectados por el volcán de la isla de La Palma y se deroga la disposición adicional
tercera del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre. Los medios personales y
materiales de la citada oficina se adscriben a la Viceconsejería para la Recuperación
Económica y Social de La Palma.
Cuatro. El resto del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, no afectado por esta
modificación, se mantiene vigente.
cve: BOE-A-2024-4428
Verificable en https://www.boe.es
Mediante orden del departamento competente en materia de recuperación
económica y social de La Palma se aprobará la descripción de la estructura de
puestos de trabajo estableciendo, para cada uno de ellos, los datos referidos a
denominación, código, funciones, vínculo, grupo profesional, clasificación,
administración de procedencia, nivel y complemento, titulación académica, en su
caso, mérito preferente, forma de provisión, jornada, localización y modalidad de
prestación.»