I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-4428)
Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre, de medidas en materia territorial y urbanística para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de marzo de 2024

Sec. I. Pág. 27112

Disposición adicional undécima. Razón imperiosa de interés general.
Disposición adicional duodécima. Legislación general.
Disposición final primera. Habilitación de desarrollo del régimen del Consejo para la
Recuperación Económica y Social de La Palma.
Disposición final segunda. Modificación del Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, de
medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de
La Palma.
Disposición final tercera. Modificación del Decreto-ley 2/2022, de 10 de febrero, por
el que se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al
Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia
urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales
afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el que se modifica el
citado decreto-ley.
Disposición final cuarta. Modificación del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre,
por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia
de la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Disposición final quinta. Desarrollo y ejecución.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Anexo 1. Ámbito territorial.
Anexo 2. Ámbito de la colada.
Anexo 3. Ordenación estructural.
Anexo 4. Zonas de restablecimiento en borde de colada.
Anexo 5. Equipamientos y espacios libres en suelos de dominio público.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. Los impactos del volcán
El 19 de septiembre de 2021 comenzó la erupción volcánica en la zona de Montaña
Rajada en la isla de La Palma. Tras 85 días, las coladas de lava se extendieron y
llegaron hasta la costa ocupando una superficie superior a 1200 hectáreas. En su
recorrido, la lava arrasó, bien haciéndolo desaparecer, bien inutilizándolo, cuanto se
encontraba en su superficie: las edificaciones (viviendas, cuartos agrícolas, fábricas y
naves industriales, negocios de ocio y de hostelería, colegios, templos, parques y plazas,
entre otras); las infraestructuras que vertebraban ese espacio (en particular la red viaria
regional, insular y municipal, incluyendo caminos agrícolas); y las explotaciones
agropecuarias características del valle de Aridane (en su mayoría, plantaciones de
platanera y de aguacate). El suelo y cada una de las parcelas fueron invadidas por la
colada que, a modo de gran manto, las hizo desaparecer. Este fue el impacto físico y
material directo de la erupción.
Pero además, con la destrucción de todos esos bienes, se diluyó el entorno y el
modo de vida de las personas afectadas, los lugares donde desarrollaban su vida
personal, familiar, de relación social, laboral, y con ellos los recuerdos y, por tanto, parte
de su identidad. La erupción volcánica cercenó proyectos de vida, ilusiones, historias y
recuerdos. El impacto social de las coladas se manifiesta en el desplazamiento físico de
las personas de sus lugares de residencia, pero también en la pérdida de los referentes
personales y sociales donde venían desarrollando sus vidas, un impacto emocional,
intangible pero muy real. Esto explica que la aspiración de la mayoría de las personas
afectadas sea la recuperación de lo perdido y, en lo posible, en cuanto la naturaleza lo
permita, la vuelta a los lugares de donde tuvieron que salir para reconstruir y restablecer
su modo de vida como parte de una comunidad.
El inicio de la erupción volcánica movilizó a todas las Administraciones Públicas para
dar una respuesta inmediata a la emergencia, evitando daños a las personas,
garantizando su seguridad y la atención de sus necesidades básicas, así como, en lo

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Núm. 59