II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-4384)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

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4.2 El Tribunal, una vez sumadas las puntuaciones citadas en el número anterior,
hará pública la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,
que no podrá incluir un número superior de aprobados que el de plazas convocadas.
4.3 En caso de empate en la puntuación total, se resolverá atendiendo a la mayor
calificación obtenida en el tercer ejercicio, si esto no fuese suficiente, en segundo lugar,
se atenderá a la mayor calificación obtenida en el primero, si persistiese el empate, se
atendrá a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio. De persistir el empate
se tendrá en cuenta la valoración obtenida en la fase de concurso.
ANEXO II
Programa
Bloque I.

De legislación básica

Bloque II.

Organización y gestión de recursos humanos

7. El Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Clases
de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes, código de
conducta de los empleados públicos. Adquisición y perdida de la relación de servicio.
Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.
8. El Personal técnico, de gestión y de administración y servicios (I). El personal
técnico, de gestión y de administración y servicios de las Universidades públicas. El

cve: BOE-A-2024-4384
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1. La Constitución española de 1978. Título preliminar. Derechos y deberes
fundamentales. De los españoles y los extranjeros. Derechos y libertades: derechos
fundamentales y libertades públicas. Garantías de las libertades y derechos
fundamentales. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Organización
territorial del Estado.
2. La Comunidad Autónoma de Cantabria: competencias de Cantabria. La Ley de
Cantabria 5/2018, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector
Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: la Administración de la
Comunidad Autónoma de Cantabria: principios de organización de la Administración. La
Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria: principios generales y
órganos. El sector Público Institucional: organización y funcionamiento. La actividad de la
Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de
Cantabria: principios generales de actuación.
3. La Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Objeto de la ley y ámbito subjetivo de aplicación. Los interesados en el
procedimiento. Actividad de las Administraciones Públicas: normas generales de
actuación. Términos y plazos. Los actos administrativos: Requisitos de los actos. Eficacia
de los actos. Nulidad y anulabilidad. Las disposiciones sobre el procedimiento
administrativo común: Garantías del procedimiento. Iniciación del procedimiento.
Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento. Finalización del
procedimiento. La revisión de actos en vía administrativa. Recursos administrativos.
4. Especial referencia al procedimiento de revisión de oficio en la Ley 39/2015, y en
el resto del marco jurídico aplicable, así como otros supuestos de revisión del capítulo I
del título V de la ley. Régimen jurídico, naturaleza, requisitos, causas de inadmisión.
Tramitación del procedimiento y sus especialidades.
5. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Objeto, ámbito
subjetivo, principios generales y principios de intervención. Los órganos de las
Administraciones Públicas. Órganos colegiados de las administraciones públicas.
Abstención y recusación. Funcionamiento electrónico del sector público.
6. Especial referencia a la responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Tramitación del procedimiento y sus especialidades. El aseguramiento de la
responsabilidad de las Administraciones Públicas.