III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-4390)
Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Calatayud, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26948

acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Calatayud y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Alarba, Alconchel de Ariza, Alhama de Aragón, Aniñón, Ariza, Ateca,
Belmonte de Gracián, Berdejo, Bijuesca, Bordalba, Bubierca, Cabolafuente, Calmarza,
Campillo de Aragón, Carenas, Castejón de Alarba, Castejón de las Armas, Cervera de la
Cañada, Cetina, Cimballa, Clarés de Ribota, Contamina, Embid de Ariza, Godojos,
Ibdes, Jaraba, La Vilueña, Malanquilla, Maluenda, Mara, Monreal de Ariza, Monterde,
Morata de Jiloca, Moros, Munébrega, Nuévalos, Olvés, Orera, Paracuellos de Jiloca,
Pozuel de Ariza, Ruesca, Sediles, Sisamón, Terrer, Torralba de Ribota, Torrehermosa,
Torrelapaja, Torrijo de la Cañada, Valtorres, Velilla de Jiloca, Villalba de Perejil,
Villalengua y Villarroya de la Sierra que han de hacerlo simultáneamente con la referida
oficina general, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la
Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Calatayud, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Calatayud y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alarba, Alconchel de Ariza,
Alhama de Aragón, Aniñón, Ariza, Ateca, Belmonte de Gracián, Berdejo, Bijuesca,
Bordalba, Bubierca, Cabolafuente, Calmarza, Campillo de Aragón, Carenas, Castejón de
Alarba, Castejón de las Armas, Cervera de la Cañada, Cetina, Cimballa, Clarés de
Ribota, Contamina, Embid de Ariza, Godojos, Ibdes, Jaraba, La Vilueña, Malanquilla,
Maluenda, Mara, Monreal de Ariza, Monterde, Morata de Jiloca, Moros, Munébrega,
Nuévalos, Olvés, Orera, Paracuellos de Jiloca, Pozuel de Ariza, Ruesca, Sediles,
Sisamón, Terrer, Torralba de Ribota, Torrehermosa, Torrelapaja, Torrijo de la Cañada,
Valtorres, Velilla de Jiloca, Villalba de Perejil, Villalengua y Villarroya de la Sierra, de la
aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el
funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 18 de marzo de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Calatayud pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Calatayud y los Registros Civiles Municipales Delegados de Alarba, Alconchel de Ariza,
Alhama de Aragón, Aniñón, Ariza, Ateca, Belmonte de Gracián, Berdejo, Bijuesca,
Bordalba, Bubierca, Cabolafuente, Calmarza, Campillo de Aragón, Carenas, Castejón de
Alarba, Castejón de las Armas, Cervera de la Cañada, Cetina, Cimballa, Clarés de
Ribota, Contamina, Embid de Ariza, Godojos, Ibdes, Jaraba, La Vilueña, Malanquilla,
Maluenda, Mara, Monreal de Ariza, Monterde, Morata de Jiloca, Moros, Munébrega,
Nuévalos, Olvés, Orera, Paracuellos de Jiloca, Pozuel de Ariza, Ruesca, Sediles,
Sisamón, Terrer, Torralba de Ribota, Torrehermosa, Torrelapaja, Torrijo de la Cañada,
Valtorres, Velilla de Jiloca, Villalba de Perejil, Villalengua y Villarroya de la Sierra pasarán
a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alarba, Alconchel de Ariza,
Alhama de Aragón, Aniñón, Ariza, Ateca, Belmonte de Gracián, Berdejo, Bijuesca,

cve: BOE-A-2024-4390
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Segundo.