III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Consejo Superior de Estadística. (BOE-A-2024-4411)
Orden ECM/202/2024, de 21 de febrero, por la que se ajusta el número de consejeros del Consejo Superior de Estadística.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27048

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función
Pública, dispongo:
Artículo único.

Consejeros/as del Consejo Superior de Estadística.

Son consejeros/as del Consejo Superior de Estadística:
a) Por parte de los Departamentos Ministeriales y del Instituto Nacional de
Estadística:
1.º Un Consejero/a representante de cada uno de los departamentos ministeriales,
con nivel de director general.
2.º Un representante con rango mínimo de subdirector general de organismos
dependientes de los departamentos ministeriales que, por la relevancia de su actividad
estadística, haya de estar representado en el Consejo Superior de Estadística.
3.º Los Directores Generales del Instituto Nacional de Estadística.
b) Por parte de las organizaciones sindicales, empresariales y de las instituciones
sociales, económicas y académicas:
1.º Dos Consejeros/as por Organizaciones sindicales representativas en el nivel
estatal.
2.º Dos Consejeros/as por la Confederación Española de Organizaciones
Empresariales.
3.º Un Consejero/a por la Confederación Española de Pequeña y Mediana
Empresa.
4.º Dos Consejeros/as por las Cámaras de Industria, Comercio y Navegación.
5.º Un Consejero/a por el Consejo de Consumidores y Usuarios.
6.º Un Consejero/a por el Banco de España, con nivel de Director General.
7.º Un Consejero/a por la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.
8.º Un Consejero/a por la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
9.º Tres Consejeros/as catedráticos numerarios de universidad propuestos por la
Secretaria General del Consejo de Universidades.
10.º Un Consejero/a por la Sociedad de Estadística e Investigación Operativa.
11.º Un Consejero/a por el Consejo General de Colegios de Economistas.
12.º Un Consejero/a por la Federación de Asociaciones de la Prensa.
13.º Un Consejero/a por la Fundación ONCE.
14.º Ocho Consejeros/as de organizaciones e instituciones públicas o privadas
relevantes para la actividad del Consejo Superior de Estadística.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden ETD/802/2020, de 3 de agosto, por la que se ajusta el
número de consejeros del Consejo Superior de Estadística y cuantas disposiciones de
igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Ministerial.
Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 21 de febrero de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos
Cuerpo Caballero

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-4411
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final única.