III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-4421)
Acuerdo GOV/41/2024, de 20 de febrero, por el que se delimita el entorno de protección del conjunto con pinturas rupestres denominado Abric de Gallicant, en el término municipal de Cornudella de Montsant (Priorat).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 27090

d) Se prohíbe la instalación, en el entorno de protección, de nuevas infraestructuras
eléctricas y otras conducciones visibles que alteren gravemente la contemplación del
yacimiento.
3. Publicar íntegramente este Acuerdo en el «Diari Oficial de la Generalitat de
Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y
notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el
entorno.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso
potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya en el plazo de
un mes, o bien un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Catalunya en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o de la notificación
correspondiente.
Barcelona, 20 de febrero de 2024.–El Secretario del Gobierno, Xavier Bernadí Gil.
ANEXO 1
Ubicación y descripción
El Abric de Gallicant y su entorno de protección se localizan en el término municipal
de Cornudella de Montsant, en la comarca de El Priorat.
El conjunto pictórico se localiza en una cavidad de unos 10 m de ancho, 8 m de
profundidad y 5 m de altura, orientada al oeste. Su interior presenta una plataforma
natural de 1 m de altura y una pequeña cueva de sección semicircular que, en este
punto, prolonga el abrigo en 3,5 m más, con una altura media de 1 m. El abrigo se
encuentra cerrado por un muro de piedra seca en la parte baja y los restos de dos pilares
construidos con piedra y barro, visibles en los extremos de los distintos niveles que
forman el suelo. Este tipo de muro está formado por restos del pasado reciente, en el
que la zona se encontraba cultivada con bancales.
En el abrigo se pueden distinguir dos grupos separados de pinturas, que suman un
total de dieciocho figuras pintadas de un color rojo castaño muy vivo. Las pinturas, dos
pequeños grupos de restos en vías de desaparición, se sitúan en la mitad derecha de la
pared del fondo, por encima del nivel de la boca de la cueva. El primer grupo, el más
importante, con quince figuras, se encuentra en la zona izquierda de la pequeña cueva,
entre 1,1 m y 1,75 m de altura sobre el suelo, y ocupa un área de unos 80 cm x 80 cm.
El núcleo más numeroso de representaciones se encuentra sobre una placa caliza
medio desprendida de la pared y rota por la parte superior izquierda. Se distinguirían
restos de una figura humana, un antropomorfo y un grupo de digitaciones. El segundo
grupo de pinturas se sitúa en la parte derecha de la cueva (pared sur), a unos 3,10 m a
la derecha del grupo anterior, entre 1 m y 1,2 m de altura sobre la base de la plataforma.
Se trata de tres restos de pintura de morfología indeterminada.
ANEXO 2
Justificación del entorno de protección
En el año 1998 se incluyó el arte rupestre del arco mediterráneo de la península
ibérica (ARAMPI) en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO «por ser el conjunto
más grande de pinturas rupestres de toda Europa y constituir una imagen excepcional de
la evolución cultural de la humanidad». La declaración afecta a 757 yacimientos
peninsulares, 60 de los cuales se localizan en Cataluña.
Se trata de un patrimonio cultural de excepcional relevancia que permite conocer la
expresión social, la económica y la religiosa de las poblaciones prehistóricas del levante

cve: BOE-A-2024-4421
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Núm. 58