III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-4335)
Resolución de 26 de febrero de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre un programa de vigilancia radiológica ambiental independiente en la etapa de desmantelamiento de la central nuclear de Santa M.ª de Garoña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

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colaboración eficaz para llevar a cabo los trabajos que el CSN solicita, convienen en
formalizar en este documento el correspondiente convenio basándose en las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio específico consiste en el establecimiento de los
criterios de colaboración entre ambas entidades para la consecución de un fin común de
interés público, realizándose a este efecto las siguientes actividades:
– La ejecución de un programa periódico de muestreo y análisis en el entorno de la
Central Nuclear de Santa M.ª de Garoña, basado en el Programa de Vigilancia
Radiológica Ambiental (en adelante PVRA) desarrollado por el titular de la instalación.
– La ejecución de un programa especial de vigilancia cuando así lo requiera el CSN.
– La gestión integrada de los datos resultantes de los programas de muestreo y
análisis realizados.
– La aplicación de un sistema de calidad que garantice la fiabilidad de los resultados
obtenidos.
Segunda.

Régimen jurídico.

Este convenio específico queda sometido al régimen jurídico de los convenios
previstos en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo naturaleza administrativa.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del mismo que no puedan resolverse por los
responsables del convenio previstos en la Estipulación Undécima, serán sometidas a los
tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Tercera. Obligaciones de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
La Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, a través del Laboratorio
de Medidas de Baja Actividad del Departamento de Ingeniería Energética con sede en la
Escuela de Ingeniería de Bilbao, se compromete a:
– Realizar los programas de vigilancia radiológica ambiental, cuyo objetivo y alcance
se establecen en los anexos (1) y remitir al CSN la información obtenida, de acuerdo con
lo especificado en dichos anexos.
Se refiere a las Memorias Técnica y Económica del convenio.

– Aportar el personal y el equipamiento necesarios para la adecuada realización de
los programas.
– Elaborar un PVRAIN para la Central Nuclear de Santa M.ª de Garoña, teniendo en
cuenta el objetivo y alcance fijado por el CSN en el anexo I y el PVRA de la instalación.
– Aplicar un programa de garantía de calidad, mantener actualizado el Manual de
Garantía de Calidad del Laboratorio y remitir al CSN una copia siempre que se produzca
una modificación del mismo.
– Participar en las actividades organizadas por el CSN que tengan como objeto
mejorar el funcionamiento del Laboratorio y la calidad de los resultados obtenidos en el
PVRAIN.
– Participar en actividades de formación en temas relativos a vigilancia radiológica
ambiental.
– Con objeto de hacer frente a situaciones puntuales (Planes Especiales de
Vigilancia), se realizará un programa especial de vigilancia cuando lo requiera el CSN,
con la mayor rapidez posible y con carácter prioritario, en condiciones económicas que

cve: BOE-A-2024-4335
Verificable en https://www.boe.es

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