II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-4298)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, convocado por Resolución de 20 de enero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Martes 5 de marzo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
4298

Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares
de Informática de la Administración del Estado, convocado por Resolución de
20 de enero de 2023.

Finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos
Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, convocadas por Resolución de
la Secretaría de Estado de Función Pública de 20 de enero de 2023 («Boletín Oficial del
Estado» del día 27), de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (BOE del 10 de abril), he dispuesto:
Primero.
Hacer pública, como anexo I a esta resolución, la relación definitiva de personas
aspirantes que han superado las referidas pruebas selectivas, por orden de puntuación,
en función de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio único.
Segundo.

a) Copia auténtica del documento nacional de identidad. Las personas aspirantes
cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar los requisitos establecidos en el
punto 1.2 del apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
b) Copia auténtica del título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo
dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se
establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación modificada mediante orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
c) Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
la Unión Europea.
d) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en
situación equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o
equivalente, que impida, en su Estado de nacionalidad, el acceso al empleo público.

cve: BOE-A-2024-4298
Verificable en https://www.boe.es

Las personas aspirantes señaladas en el anexo II deberán presentar la
documentación que en él se indica, que podrá ser alguna de las que se señalan a
continuación: