III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-4252)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se crea la Mesa de Contratación de la Obra Pía de los Santos Lugares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Lunes 4 de marzo de 2024

Sec. III. Pág. 26216

6. La Mesa de Contratación se considerará válidamente constituida si lo está por el
Presidente, el Secretario, un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o
reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un funcionario que
tenga atribuidas las funciones relativas a su control económico-presupuestario.
Artículo 2.

Atribuciones y funcionamiento de la Mesa de Contratación.

1. La Mesa de Contratación actuará como órgano de asistencia del órgano de
contratación de la Obra Pía en los supuestos previstos en el artículo 326 de la Ley de
Contratos del Sector Público.
2. La Mesa de Contratación se reunirá en aquellos casos en que la convoque su
presidente o, en su caso, quien le supla, en atención a los expedientes de contratación
que hayan de tramitarse y que, de acuerdo con esta, exijan su intervención.
3. La Mesa de Contratación se regirá en cuanto a su funcionamiento por la Ley de
Contratos del Sector Público y por las normas que resulten aplicables en su desarrollo,
por lo dispuesto en esta resolución, por los preceptos recogidos en la sección 3.ª del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en lo que no se
oponga a la Ley de Contratos del Sector Público, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, y por el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
4. Quedan excluidos de la actuación de la Mesa de Contratación los contratos
regulados en la disposición adicional primera de la Ley de Contratos del Sector Público.
Disposición Transitoria única.
vigor de esta resolución.

Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en

La Mesa de Contratación que se constituya de conformidad con la presente
resolución, será competente para la tramitación de los expedientes de contratación que
estén siendo tramitados con anterioridad a su entrada en vigor.
Disposición Final única.

Entrada en vigor.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-4252
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de enero de 2024.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, Luis Manuel Cuesta Civís.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X