II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil. (BOE-A-2024-4092)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de marzo de 2024

Sec. II.B. Pág. 25250

La no realización del curso selectivo o las practicas o la realización simultanea con
otro curso selectivo o prácticas podrá dar lugar a la pérdida del derecho al nombramiento
como funcionario de carrera en este cuerpo.
2.7 El órgano de selección hará público un cronograma orientativo con las fechas
de realización de las pruebas de que consta la fase de oposición.
2.8 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos
recogidos en la presente convocatoria.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
4.

Titulación

4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener,
al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Grado en Náutica y
Transporte Marítimo, Grado en Ingeniería Marina, Grado en Tecnologías Marinas, Grado
en Ingeniería Radioelectrónica Naval o licenciaturas equivalentes; Capitán de la Marina
Mercante, Jefe de Máquinas de la Marina Mercante u Oficial Radioelectrónico de Primera
Clase de la Marina Mercante, a tenor de lo establecido en el artículo 278 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5.

Solicitudes

5.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud y
documentación y, en su caso, la subsanación deberá realizarse por vía electrónica
haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de
Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que
se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permite:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo para ello.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)

cve: BOE-A-2024-4092
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 55