II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Personal laboral. (BOE-A-2024-4093)
Resolución de 15 de febrero de 2024, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo en la categoría de Técnico/a Superior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Sábado 2 de marzo de 2024
2.

Sec. II.B. Pág. 25278

Requisitos de las personas candidatas

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1

Nacionalidad:

2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 Ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.
2.1.3 Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
2.1.4 Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.5 Las personas extranjeras que no estando incluidos en los párrafos anteriores
se encuentren con residencia legal en España.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar,
igualmente, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas que figura en el anexo V de esta
convocatoria.

cve: BOE-A-2024-4093
Verificable en https://www.boe.es

Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado 2.1.1 así como las personas extranjeras residentes en
España incluidas en el apartado 2.1.2, siempre que autoricen en su solicitud la
comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Titulación: las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones
de obtener el título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o Grado.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso
del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
2.3 Edad: tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.4 Compatibilidad funcional: poseer capacidad funcional para el desempeño de las
tareas.
2.5 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.