III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Audiencia Nacional. (BOE-A-2024-4127)
Acuerdo de 15 de febrero de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 29 de enero de 2024, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a la adaptación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo a la nueva estructura de los departamentos ministeriales dispuesta por el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Sábado 2 de marzo de 2024

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acordar que los citados señalamientos se completen con ponencias procedentes de
otras secciones en tanto no se modifiquen, si fuere necesario, las normas de reparto; en
este caso, el Presidente dará cuenta en la primera sesión de la Sala de Gobierno de los
cambios realizados, proponiendo en su caso, la modificación de las normas de reparto.
8. La designación de ponente se mantendrá invariable, salvo causa justificada,
hasta la conclusión del asunto y de sus incidencias.
9. El Presidente de la Sala podrá turnar ponencias en los procesos de que
conozcan las secciones cuando presida alguna de ellas.
Regla segunda.
1.

Reparto por materias entre las diversas secciones:
Sección Primera

– Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones de
carácter general, inactividad o vías de hecho, procedentes de:
● Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las áreas
correspondientes a Presidencia y Relaciones con las Cortes.
● Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
● Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en materia de Memoria
Democrática.
● Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en materia de medio
ambiente y política del agua.
● Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en materia de comunicación
audiovisual.
● Agencia de Protección de Datos.
● Sección
Segunda
de
la
Comisión
de
Propiedad
Intelectual
(disposición adicional 4.ª de la Ley 29/1998).
● Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus
funciones de supervisión y control de los mercados de comunicación audiovisual (art. 9
de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia).

Sección Segunda
– Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos procedentes del
Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y actos expresos o presuntos,
disposiciones generales, inactividad o vías de hecho de otros órganos del Ministerio de
Hacienda (salvo los dictados en materia de recaudación, en ambos casos) relativos a:
● Impuesto sobre Sociedades.

cve: BOE-A-2024-4127
Verificable en https://www.boe.es

– Recursos de apelación contra las sentencias y autos de los Juzgados Centrales de
lo Contencioso de la Audiencia Nacional resolviendo las autorizaciones judiciales
solicitadas al amparo del artículo 122 bis.1 y 2 de la Ley 29/1998, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
– Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones de
carácter general, inactividad o vías de hecho, procedentes del Ministerio de Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes: Recursos contra resoluciones en materia
nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la regla segunda, apartado 2.7.
– Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de
protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el
estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista
en la regla segunda, apartado 2.6.