III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-4046)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil III de Madrid, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Viernes 1 de marzo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4046

Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación extendida por el registrador mercantil III de Madrid, por la que se
rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio
2022.

En el recurso interpuesto por don J. Z., como administrador de la sociedad «Kanpai
Fusión, SL», contra la nota de calificación extendida por el registrador Mercantil III de
Madrid, don Juan José Ortín Caballé, por la que se rechaza el depósito de cuentas de la
sociedad correspondiente al ejercicio 2022.
Hechos
I
Se solicita del Registro Mercantil de Madrid la práctica del depósito de las cuentas
correspondientes al ejercicio 2022 con presentación de la documentación correspondiente.
La presentación de la documentación en el Registro Mercantil se llevó a cabo de forma
telemática.
II
La referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Juan José Ortín Caballé, registrador mercantil de Madrid, previo examen y calificación
del documento precedente de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio
y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, y con cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 15.2 de dicho Reglamento, resuelve no practicar el depósito de cuentas por
haber observado el/los siguiente/s defecto/s que impiden su práctica:

No es posible acreditar la validez de la firma electrónica recogida en la certificación
de aprobación de cuentas presentada (artículo 58 y 366 RRM y Resolución de la
DGSJFP de 2 de febrero de 2022 y 9 de mayo de 2023).
Sin perjuicio del derecho a la subsanación de los defectos anteriores y a obtener el
depósito de las cuentas, el interesado podrá: (…).
Madrid, a 15 de septiembre de 2023. El registrador.»

cve: BOE-A-2024-4046
Verificable en https://www.boe.es

Kanpai Fusión, SL.
Presentación: 802.125,0/2023.
Asiento: 202.201/41.
Fecha: 31 de julio de 2023.
Ejercicio: 2022.