III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Becas. (BOE-A-2024-4047)
Orden DEF/181/2024, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la matriculación en el Master en Pensamiento Estratégico y Seguridad Global para el personal militar del Ejército de Tierra.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Viernes 1 de marzo de 2024
Artículo 13.

Sec. III. Pág. 25054

Modificación de la resolución de concesión.

1. El procedimiento para modificar la resolución de concesión se iniciará siempre de
oficio por acuerdo del órgano que la otorgó, bien por propia iniciativa, como
consecuencia de petición razonada de otros órganos o, bien, a instancia de la persona
beneficiaria. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de
la subvención o que el importe supere el coste total de la actividad subvencionada que
desarrollará el personal beneficiario, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de
concesión o, en su caso, a su revocación.
2. El plazo máximo para resolver será de tres (3) meses desde la fecha del acuerdo
de iniciación. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer
contra ella el recurso potestativo de reposición ante la persona titular del órgano que
otorgó las subvenciones y ayudas en el plazo de un (1) mes, o bien ser impugnadas
directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en
el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la
resolución, según lo previsto en los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
3. Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la
resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud de acuerdo con lo previsto en
el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, teniendo a todos los efectos la
consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento y sin perjuicio de la
obligación de dictar resolución expresa confirmatoria del mismo.
Artículo 14. Incompatibilidades.
El disfrute de estas becas será incompatible con la obtención concurrente de otras
subvenciones o ayudas otorgadas por la Administración General del Estado u otras
Administraciones o entes públicos o privados con la misma finalidad y concepto.
Tratamiento de datos de carácter personal.

1. Los datos personales facilitados serán incorporados a un tratamiento
denominado «Gestión de acción social», cuya finalidad es conceder becas y ayudas para
la realización de estudios de formación como medida de apoyo a la formación de los
miembros de las Fuerzas Armadas (FAS). La entidad responsable del tratamiento de los
datos es la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de
Defensa, ubicada en el paseo de la Castellana, 109, 28071 Madrid.
2. El tratamiento de sus datos se lleva a cabo en base al artículo 6.1.e) del
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general protección datos), que indica la licitud del
tratamiento para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos como es el cumplimiento de lo preceptuado en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal.
4. Los solicitantes, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al Reglamento (UE)
2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales
y garantía de los derechos digitales, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad de los datos a través de la sede electrónica
del Ministerio de Defensa en el enlace https://sede.defensa.gob.es/acceda/contacto o de
manera presencial en el mismo centro o en cualquier oficina de registro oficial.
5. Asimismo, los solicitantes podrán consultar la información adicional y detallada
sobre Protección de Datos en el siguiente enlace: http://www.defensa.gob.es/comun/
politica-de-privacidad.html.

cve: BOE-A-2024-4047
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 15.