III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Becas. (BOE-A-2024-4047)
Orden DEF/181/2024, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la matriculación en el Master en Pensamiento Estratégico y Seguridad Global para el personal militar del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de marzo de 2024

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Estudios de Seguridad y Defensa, Estudios de área y su conflictividad, Comunicación
Política y Opinión Pública…) y el Derecho Internacional Público, siendo la UGR, como ha
quedado razonado ut supra, la mejor opción para alcanzarlo.
La experiencia obtenida de las primeras convocatorias ha puesto de manifiesto el
interés del personal militar en la realización de este máster, así como un alto grado de
satisfacción respecto a la calidad e interés de la formación que ofrece.
Esta orden ministerial se adecua a los principios a los que se refiere el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, responde
a razones de interés general en tanto el objetivo primordial de la misma es colaborar en
la cobertura de los costes correspondientes del Máster en Pensamiento Estratégico y
Seguridad Global. Estos principios se ven reflejados en la presente norma por cuanto
responden a una mejor y mayor protección de las necesidades a las que da cobertura,
siendo el caso concreto la formación del personal militar del ET. En cuanto al principio de
proporcionalidad, las becas y ayudas objeto de estas bases reguladoras permiten
subvencionar la formación del personal militar con la finalidad de ampliar la esfera de
conocimientos del personal al que se dirige. En cuanto a la seguridad jurídica, esta
norma va en consonancia con el resto del marco jurídico existente sobre la materia. A
este respecto, la orden ministerial ha sido redactada con claridad, observando en todo
momento la definición, de manera unívoca e integrada, de las disposiciones, preceptos o
conceptos que incluye, asegurándose su plena adaptación al resto del ordenamiento
jurídico y contribuyendo a un marco normativo equilibrado y consistente, que facilita su
contenido por las personas a las que va dirigido. De acuerdo con el principio de
transparencia, durante su tramitación, esta disposición fue informada por las
asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas
Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de
derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Asimismo, se dio
conocimiento de la misma al resto de las asociaciones profesionales inscritas en el
Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme
al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo
establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, fue informada por el Consejo
de Personal de las Fuerzas Armadas. El principio de eficiencia se ve plasmado al evitar
cargas administrativas innecesarias o accesorias, contribuyendo a la racionalización de
las mismas y potenciando los medios electrónicos para presentar y tramitar solicitudes.
Además, esta norma está supeditada al cumplimiento de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por último, la Asesoría Jurídica General de la Defensa y la Intervención General de la
Defensa han emitido sus preceptivos informes, en cumplimiento de lo previsto en el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En su virtud, de conformidad con la competencia que me atribuye el artículo 17.1 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con la aprobación
previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública conforme
establece el artículo 26.5, párrafo quinto de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del
Gobierno, dispongo:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta orden ministerial es establecer las bases reguladoras para la
concesión de becas a conceder al personal militar del Ejército de Tierra (ET) que vaya a
cursar el Máster en Pensamiento Estratégico y Seguridad Global de la Universidad de
Granada (UGR), contemplado en la línea de subvención denominada «Concesión de
becas para la matriculación en el Máster en Pensamiento Estratégico y Seguridad Global
para el personal militar del Ejército de Tierra», establecida en el Plan Estratégico de
Subvenciones del Ministerio de Defensa que se encuentre en vigor.
2. La finalidad de estas becas es colaborar en la cobertura de los costes de las
primeras matrículas al objeto de facilitar que el personal del ET pueda cursar un

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