I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3796)
Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23558

s) La elaboración, firma y tramitación del Informe de gestión de los componentes de
los cuales es responsable el Ministerio.
t) La revisión de los informes de previsiones firmados por los órganos responsables
de las medidas, identificación de riesgos de incumplimiento, desviaciones respecto a la
planificación y seguimiento de la ejecución de las acciones correctivas por parte de los
órganos responsables de la medida.
u) La elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública
depende directamente, con rango de dirección general, la Secretaría General Técnica,
que ejerce las funciones que se establecen en el artículo 14.
5. Asimismo, de la persona titular de la Subsecretaría dependen directamente las
siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria, que
ejercerá las funciones señaladas en las letras a), b) y c) del apartado 3 y, en particular,
las que se recogen en el Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre, por el que se
crean Oficinas Presupuestarias.
b) La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, que
ejercerá las funciones señaladas en las letras d), e), f) y g) del apartado 3.
c) La Subdirección General de Servicios y Coordinación, que ejercerá las funciones
previstas en las letras h), i), j), k), l, y m) del apartado 3.
d) La Subdirección General de Coordinación y Seguimiento de fondos europeos,
que ejercerá las funciones previstas en el párrafo n), ñ), o), p), q), r), s) y t) del
apartado 1.
6. Dependiendo directamente de la Subsecretaría, y como órgano de apoyo y
asistencia inmediata de su titular, existe un Gabinete Técnico con nivel de subdirección
general.
7. Asimismo, están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les
atribuyen sus normas específicas, y sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de Hacienda, los siguientes órganos
con rango de subdirección general:
a) La Abogacía del Estado del Departamento, en la que se integran orgánicamente
las que asumen el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras
Digitales y la Secretaría de Estado de Función Pública.
b) La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del
Estado, dirigida por un Interventor Delegado Jefe, que se estructura en tres áreas: de
Fiscalización, de Auditoría y de Contabilidad, las dos primeras con rango de subdirección
general.
Secretaría General Técnica.

1. La Secretaría General Técnica del Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública, bajo la inmediata dependencia de la persona titular de la Subsecretaría del
Departamento, ejerce las funciones que le atribuye el artículo 65 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y específicamente, las siguientes:
a) La prestación de asistencia técnica, jurídica y administrativa a la persona titular
del Ministerio y demás altos cargos del Departamento.
b) La preparación de documentación, y el examen e informe, así como la
tramitación y coordinación, de las actuaciones relativas a los asuntos que se sometan al
Consejo de Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno y a la Comisión General
de Secretarios de Estado y Subsecretarios.

cve: BOE-A-2024-3796
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Artículo 14.