I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3793)
Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23475

8. Están adscritos a la Subsecretaría, con las funciones que les atribuyen las
disposiciones vigentes, sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de Hacienda, respectivamente, los
siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Abogacía del Estado.
b) La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del
Estado.
Artículo 10. Secretaría General Técnica.
1. Corresponde a la Secretaría General Técnica el ejercicio de las funciones a que se
refiere el artículo 65 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como las atribuidas por el
artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y demás normas aplicables.
2. En concreto, le corresponden las funciones que a continuación se relacionan,
salvo que estén expresamente atribuidas a otros órganos del Departamento:
a) El informe preceptivo y la tramitación de los anteproyectos de ley y los proyectos
de disposiciones generales en las materias propias del Departamento y la gestión de su
publicación.
b) La elaboración de los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones
generales del Departamento, cuando así se le encomiende expresamente, y la asistencia
jurídica a los altos cargos.
c) La elaboración de estudios e informes y la preparación de la documentación
sobre cuantos asuntos sean sometidos a la deliberación del Consejo de Ministros, de las
Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisión General de Secretarios de Estado
y Subsecretarios.
d) La coordinación de las propuestas del Departamento para el Plan Anual Normativo
de la Administración General del Estado, así como la coordinación del informe anual de
evaluación normativa y de cumplimiento de las propuestas incluidas en dicho Plan.
e) La coordinación de las relaciones del Departamento con el Defensor del Pueblo.
f) El seguimiento de los actos y disposiciones de las Comunidades Autónomas, las
relaciones de cooperación con éstas, y la coordinación de las relaciones de los
diferentes órganos directivos del Departamento con las Administraciones autonómicas y
del proceso de transferencias en las materias de la competencia de este Ministerio.
g) La tramitación de los convenios, encomiendas de gestión, encargos a medio
propio y otros instrumentos de colaboración que hayan de suscribirse por el Ministerio o
sus organismos dependientes.
h) La coordinación y el seguimiento de la transposición de las directivas
comunitarias y otros instrumentos jurídicos de la Unión Europea al ordenamiento jurídico
interno que sean de la responsabilidad del Ministerio; y la elaboración de las respuestas
en los procedimientos de infracción abiertos contra España en su fase precontenciosa.
i) El secretariado y la elaboración de la documentación de las reuniones la
Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, presidida por la persona
titular de la Secretaría General Técnica.
j) La tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos y de los
procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos.
k) La tramitación y propuesta de resolución de reclamaciones de responsabilidad
patrimonial de la Administración, salvo las que afecten a la Administración Penitenciaria.
l) La sustanciación y propuesta de resolución de los conflictos de atribuciones entre
órganos del Departamento.
m) La tramitación y propuesta de resolución de reclamaciones formuladas al
amparo de la Ley 52/1984, de 26 de diciembre, sobre protección de medios de
transporte que se hallen en territorio español realizando viajes de carácter internacional.
n) Las relaciones del Departamento con los órganos jurisdiccionales.

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Núm. 52