I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3793)
Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23466

d) La coordinación en materia de cooperación policial internacional.
e) La definición de las acciones y programas de actuación de los órganos técnicos del
Ministerio del Interior existentes en las Misiones Diplomáticas, su organización interna y
dotación presupuestaria, así como su inspección técnica y control, sin perjuicio de las
facultades de dirección y coordinación del Jefe de la Misión Diplomática respectiva.
f) La participación en la negociación de convenios y acuerdos internacionales.
g) La planificación y coordinación interna de las líneas estratégicas en materia
migratoria y de fronteras, especialmente en relación con los países de origen y tránsito
de los flujos, así como en la Unión Europea y otros organismos internacionales en los
que España es parte, en el ámbito de las competencias del Departamento.
h) La planificación y coordinación interna de las líneas estratégicas en materia de
extranjería, en el ámbito de competencias de este Departamento, cuando éstas tengan
dimensión internacional.
i) La coordinación de las relaciones del Departamento con la Agencia Europea de la
Guardia de Fronteras y Costas, así como la coordinación de las funciones contempladas
en el párrafo o) del artículo 2.1, relativas a la Agencia Europea de Fronteras y Costas.
Esta función incluirá la coordinación que requiera el cumplimiento de obligaciones
derivadas de la normativa de la Agencia, como es el caso de la debida elaboración y
actualización de planes, sistemas o análisis integrados de gestión fronteriza.
En el desarrollo de esta competencia, la Dirección General de Relaciones
Internacionales y Extranjería gestiona el Punto Nacional de Contacto (NFPOC) con la
Guardia Europea de Fronteras y Costas, y el Centro Nacional de Coordinación de
Eurosur (NCC), con la contribución de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
j) La coordinación de actuaciones con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación.
k) El impulso y la negociación de proyectos financiados con cargo a Fondos
Europeos u organizaciones internacionales.
l) La gestión de ayudas de cooperación internacional en el marco del Real
Decreto 732/2007, de 8 de junio, por el que se establecen las normas especiales sobre
ayudas en el ámbito de la cooperación policial internacional.
m) La coordinación de la organización de las relaciones de la persona titular del
Ministerio con las autoridades de otros Gobiernos en el ámbito de sus competencias.
n) La coordinación, en el seno del Ministerio del Interior, de la aplicación y
seguimiento de las materias propias del Departamento que se deriven de
comunicaciones e informes de organismos internacionales de Derechos Humanos de los
que España es parte.

a) La Subdirección General de Cooperación Policial Internacional, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones recogidas en los párrafos d), e) y f) del
apartado 1, así como las de los párrafos a), j), k), l) y m) cuando se refieran a
cooperación policial internacional.
b) La Subdirección General de Relaciones Internacionales, Inmigración y
Extranjería, a la que le corresponde el ejercicio de las funciones recogidas en los
párrafos g), h), i) y n) del apartado 1, así como las de los párrafos a), j), k), l) y m) cuando
se refieran a inmigración y extranjería.
c) La Subdirección General de Asuntos Europeos, a la que le corresponde el
ejercicio de las funciones recogidas en los párrafos b) y c) del apartado 1, así como las
de los párrafos a), j) y m) cuando se refieran a asuntos de la Unión Europea.
Artículo 6.

Dirección General de Coordinación y Estudios.

1. La Dirección General de Coordinación y Estudios es el órgano de apoyo y
asesoramiento a través del cual la persona titular de la Secretaría de Estado de

cve: BOE-A-2024-3793
Verificable en https://www.boe.es

2. De la Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería dependen
los siguientes órganos con nivel orgánico de subdirección general: