I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3792)
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
55 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 28 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 23397
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, (tras la redacción dada por el Real Decreto 1230/2023,
de 29 de diciembre) ha creado el Ministerio de Hacienda como Departamento encargado
de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública,
de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le
confiere el ordenamiento jurídico. Para ello, el Ministerio cuenta con dos órganos
superiores: la Secretaría de Estado de Hacienda y la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos. Asimismo, la persona titular del Ministerio de Hacienda ocupa
también la Vicepresidencia Primera del Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 1237/2023, de 29 de diciembre.
Por su parte, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece
la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha fijado la estructura
orgánica básica del Ministerio de Hacienda determinando sus órganos superiores y
directivos hasta el nivel de dirección general, al amparo de lo previsto en el artículo 59.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su
disposición final segunda determina la necesidad de completar la organización de cada
ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un
real decreto de desarrollo.
La norma proyectada atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica del
ahora Ministerio de Hacienda de acuerdo con la nueva estructura organizativa dispuesta
por el citado Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, siendo, por tanto, eficaz y
proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna a los
derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad
jurídica a la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, al
adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple
también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la
memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su contenido.
Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra
exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información
públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que la
reorganización propuesta contribuye a una mejor gestión de los recursos públicos, al
permitir un desempeño más racional de las competencias del Ministerio. En
consecuencia, cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y básicamente mantiene en su
contenido lo ya previsto hasta ahora respecto a la organización y funciones de la
Secretaría de Estado de Hacienda, la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y
la Subsecretaría del ahora Ministerio de Hacienda.
cve: BOE-A-2024-3792
Verificable en https://www.boe.es
3792
Núm. 52
Miércoles 28 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 23397
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
El Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, (tras la redacción dada por el Real Decreto 1230/2023,
de 29 de diciembre) ha creado el Ministerio de Hacienda como Departamento encargado
de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública,
de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le
confiere el ordenamiento jurídico. Para ello, el Ministerio cuenta con dos órganos
superiores: la Secretaría de Estado de Hacienda y la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos. Asimismo, la persona titular del Ministerio de Hacienda ocupa
también la Vicepresidencia Primera del Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 1237/2023, de 29 de diciembre.
Por su parte, el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece
la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha fijado la estructura
orgánica básica del Ministerio de Hacienda determinando sus órganos superiores y
directivos hasta el nivel de dirección general, al amparo de lo previsto en el artículo 59.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su
disposición final segunda determina la necesidad de completar la organización de cada
ministerio, adaptándola a su nueva estructura básica, mediante la promulgación de un
real decreto de desarrollo.
La norma proyectada atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica del
ahora Ministerio de Hacienda de acuerdo con la nueva estructura organizativa dispuesta
por el citado Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, siendo, por tanto, eficaz y
proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna a los
derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad
jurídica a la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, al
adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple
también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la
memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su contenido.
Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra
exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información
públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que la
reorganización propuesta contribuye a una mejor gestión de los recursos públicos, al
permitir un desempeño más racional de las competencias del Ministerio. En
consecuencia, cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y básicamente mantiene en su
contenido lo ya previsto hasta ahora respecto a la organización y funciones de la
Secretaría de Estado de Hacienda, la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y
la Subsecretaría del ahora Ministerio de Hacienda.
cve: BOE-A-2024-3792
Verificable en https://www.boe.es
3792