I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-3790)
Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 28 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 23349

l) La planificación, la gestión y ejecución de los proyectos de transformación digital
para el desarrollo de funciones de la Administración General del Estado en el ámbito de
competencias de la Secretaría de Estado de Justicia y su coordinación con sus
diferentes organismos, de acuerdo con las directrices de Transformación Digital
adoptadas por la Administración General del Estado y por la propia Subsecretaría del
Departamento, sin perjuicio de las competencias de otras unidades, de la coordinación
con estas y de lo establecido en la disposición adicional séptima.
m) El diseño, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones y servicios digitales
creados o implantados para el desarrollo de funciones de la Administración General del
Estado en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Justicia, así como
su puesta a disposición a juzgados, tribunales, fiscalías, oficinas judicial y fiscal, registros
civiles, órganos técnicos auxiliares de la Administración de Justicia, unidades
administrativas, registros públicos, órganos y organismos de la Secretaría de Estado de
Justicia, así como de otras Administraciones, entidades e instituciones públicas, en
coordinación con las directrices de la Subsecretaría del Departamento, y todas aquellas
otras aplicaciones y servicios que le sean encomendadas por ésta, sin perjuicio de las
competencias de otras unidades, de la coordinación con estas y de lo establecido en la
disposición adicional séptima.
n) El mantenimiento de un directorio general de aplicaciones judiciales para su
reutilización, así como el impulso del mantenimiento del mismo en colaboración con el
resto de Administraciones competentes en materia de Justicia.
2. De la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de
Justicia dependen los siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales de
Justicia, a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos a),
b), c), d), e) y f).
b) La Subdirección General de Calidad de los Servicios Digitales, Ciberseguridad y
Operaciones a la que corresponde el ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos
g), h), i), j) y k).
c) La División de Servicios Digitales Departamentales, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones señaladas en los párrafos l) y m).
Artículo 7.

Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

a) La elaboración de los proyectos legislativos sobre nacionalidad por residencia y
por carta de naturaleza, en coordinación con la Secretaría General Técnica-Secretariado
del Gobierno, y el conocimiento e informe de cuantos proyectos normativos puedan
afectar a dicha materia.
b) La tramitación y, en su caso, resolución de los expedientes de nacionalidad, así
como el estudio y la resolución de cuantas consultas le sean efectuadas sobre dicha
materia.
c) La elaboración de los proyectos legislativos sobre estado civil y ordenación y
funcionamiento del Registro Civil, en coordinación con la Secretaría General TécnicaSecretariado del Gobierno, y el conocimiento e informe de cuantos proyectos normativos
puedan afectar a dichas materias.
d) La tramitación y, en su caso, resolución de los expedientes de reconocimiento o
denegación de cuantas otras situaciones afectan al estado civil de los ciudadanos, y su
inscripción en el Registro Civil. Asimismo, la tramitación y, en su caso, resolución de los
recursos gubernativos contra los actos de los titulares del ejercicio de estas funciones,

cve: BOE-A-2024-3790
Verificable en https://www.boe.es

1. Corresponde a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, bajo la
dirección de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de
Justicia, las siguientes funciones: