III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Practicaje portuario. (BOE-A-2024-3771)
Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa Cruz de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Martes 27 de febrero de 2024

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desamarre de buques, en lo que se refiere a la seguridad marítima, teniendo en este
ámbito carácter vinculante.
Segundo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 113.1 del TRLPEMM, la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife envió a Puertos del Estado, con fecha de registro de
salida 21 de abril de 2023, bajo número 2.270, notificado el mismo día, el proyecto de
Pliego junto con el expediente completo del servicio portuario de practicaje en el puerto
de Santa Cruz de La Palma, a efectos de emisión del preceptivo informe vinculante con
anterioridad a la aprobación definitiva del documento.
Tercero.
El 30 de octubre de 2023 tiene entrada en el Registro General de la Autoridad
Portuaria, bajo n.º 6.182, escrito de Puertos del Estado, fechado el 24 de octubre, al que
se adjunta informe FAVORABLE con prescripciones, al Pliego de Prescripciones
Particulares del Servicio Portuario de Practicaje del Puerto de Santa Cruz de La Palma.
Por la Autoridad Portuaria se llevan a cabo las correspondientes modificaciones
conforme a los condicionantes contenidos en el Informe de Puertos del Estado,
concretamente sobre las prescripciones 13.2, 14.2, 15.b, 15.f., 20.b, y 20.d.
Cuarto.
El 15 de noviembre de 2023 tiene entrada en el Registro General de la Autoridad
Portuaria, bajo número 6.697, escrito del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto
en el que se expone que «la Prescripción 15.d.1.b) del Pliego del «asunto» debe ser
retirada, por ser contraria a Derecho y conculcar los Derechos de los Prácticos de Santa
Cruz de La Palma, en todo lo que se refiere al descanso, jornada laboral y de retén,
vacaciones, etc.»
Quinto.
Mediante oficio de fecha 13 de diciembre de 2023, registro de salida número 5.583
de 14 de diciembre de 2023, notificado el 18 de diciembre siguiente, se dio respuesta al
Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto en los siguientes términos:

– Que tras seguir los trámites previstos, entre los que se recogieron e informaron las
alegaciones realizadas, fue emitido informe favorable elaborado por Puertos del Estado
sobre el proyecto de pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de
practicaje en el puerto de Santa Cruz de la Palma, emitido de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante.
– De acuerdo con el mismo artículo 113, la Dirección General de la Marina “(…)
considera adecuadas las Prescripciones Particulares del servicio portuario de practicaje
en el puerto de Santa Cruz de La Palma”, expresando en el cuerpo del informe que “(…)
el número de Prácticos propuesto, establecido en la Prescripción 11.ª, se considera
proporcionado teniendo en cuenta el régimen de guardias para cumplir con la normativa
laboral y mantener la continuidad y regularidad del servicio.”
Por todo lo expuesto, se les significa que no procede acceder a lo solicitado. Siendo
intención de esta Dirección, tras haber seguido la tramitación prevista en el artículo 113
del TRLPEMM, elevar propuesta de aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares
del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa Cruz de La Palma al próximo
Consejo de Administración a celebrar».

cve: BOE-A-2024-3771
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«(…) considerando: