III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Practicaje portuario. (BOE-A-2024-3771)
Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa Cruz de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Martes 27 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
3771

Resolución de 4 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz
de Tenerife, por la que se publica la aprobación del Pliego de Prescripciones
Particulares del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa Cruz
de La Palma.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en
sesión celebrada el 17 de enero de 2024, acordó la aprobación del Pliego de
Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa
Cruz de La Palma una vez llevadas a cabo en el documento las correcciones/
matizaciones recogidas en el Informe de Puertos del Estado de fecha 24 de octubre
de 2023.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 113.5 del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en el que se establece que los pliegos de
prescripciones particulares deberán publicarse, una vez aprobados, en el «Boletín Oficial
del Estado» y a los efectos de lo prevenido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
dispongo la publicación del mencionado pliego cuyo texto íntegro se ha incorporado en
anexo a la presente resolución.
Santa Cruz de Tenerife, 4 de febrero de 2024.–El Presidente de la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Suárez López de Vergara.
ANEXO
Aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de
Practicaje en el Puerto de Santa Cruz de La Palma
En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Santa Cruz de Tenerife en fecha 17 de enero de 2024, se examinó propuesta de esa
Dirección relativa a la aprobación del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio
Portuario de Practicaje en el Puerto de Santa Cruz de La Palma, informándose de su
contenido en los términos siguientes.

El artículo 113.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en
adelante TRLPEMM, establece que «las Autoridades Portuarias habrán de aprobar los
Pliegos de Prescripciones Particulares de los servicios portuarios, oído el Comité de
Servicios Portuarios y previa audiencia de las organizaciones sindicales más
representativas del servicio correspondiente y de las asociaciones de operadores y
usuarios más representativas cuyos fines guarden relación directa con el objeto del
correspondiente pliego. Para ello, las Autoridades Portuarias remitirán el proyecto de
Pliego junto con el expediente completo a Puertos del Estado con el objeto de que emita
informe vinculante con anterioridad a su aprobación definitiva».
Previamente, Puertos del Estado recabará informe de la Dirección General de la
Marina Mercante, en adelante DGMM, sobre los proyectos de Pliegos de Prescripciones
Particulares de los servicios portuarios de practicaje, remolque portuario y amarre y

cve: BOE-A-2024-3771
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Primero.