III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Subvenciones. (BOE-A-2024-3768)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, por la que se concede una subvención directa a Cruz Roja Española, por su participación en los planes, operaciones y en otras actividades de protección civil.
16 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Martes 27 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 23176

Puerto de Alicante
1 Coordinador local.
18 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:
Fechas

Mañana

Tarde

Noche

22 al 29 de junio.

3

3

0

6

13 al 31 de julio.

3

3

0

6

1 al 6 de agosto.

3

3

0

6

9

9

0

18

Totales.

Total

Puerto de Ceuta
1 Coordinador local.
2 Técnicos en Emergencias Sanitarias (remunerados).
6 Voluntarios, distribuidos con arreglo al siguiente detalle:
Fechas

1 de julio al 15 de
septiembre.
Totales.

Mañana

Tarde

Noche

Total

3

3

0

6

3

3

0

6

Las referencias a las personas que colaboran con carácter voluntario y que son
distribuidas por turnos, se refieren a puestos de actividad para cada uno de los turnos.
Esto implica que el número total de personas voluntarias que participarán finalmente
será necesariamente mayor, aun cuando no es posible cuantificarlo en el cómputo global
ni por cada uno de los Puertos. (Se puede estimar una ratio de 1,5 personas por cada
uno de los puestos de actividad a ser cubiertos).
Se podrán establecer otras fechas distintas a las acordadas en el CECO, con el fin
de adaptarse a las incidencias que se puedan presentar en un determinado puerto y en
función de las necesidades de horarios y de personal, siempre que medie petición
expresa del Coordinador Provincial al Coordinador Nacional y de acuerdo con los
responsables provinciales y nacionales de la Cruz Roja.
Importe estimado: 220.000,00 euros.
ANEXO II
Disponibilidad, instalación, organización y gestión de un Centro de Atención
al Ciudadano (CAC)

«Los Centros de Atención a los Ciudadanos son establecimientos o instalaciones
destinadas a prestar ayuda asistencial a las personas afectadas por la emergencia o
catástrofe, ejerciendo funciones como:
a) Confeccionar listados de personas afectadas.
b) Distribuir alimentos y enseres.
c) Facilitar lugares de albergue y abastecimiento de productos esenciales.
d) Prestar apoyo psicosocial.»

cve: BOE-A-2024-3768
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 4 del Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM) describe las
capacidades del Sistema Nacional de Protección Civil y, en su punto 5.2, establece los
órganos de intervención, identificando, entre otros, los Centros de Atención al
Ciudadano, que el punto 5.2.5 los describe como: