II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-3702)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Básica de Responsabilidad Social e Igualdad, en el marco de la estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de febrero de 2024
5.

Sec. II.B. Pág. 22757

Órgano de selección

5.1 La Comisión de Valoración de este proceso selectivo, conforme a lo dispuesto
en el artículo 162.3 de los Estatutos de la Universidad de Granada, estará compuesta
por cinco miembros y sus respectivos suplentes, y atenderá a los principios de
imparcialidad, profesionalidad y especialidad, respetando, asimismo, el principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres. Será nombrada por el Rector, y se
publicará junto con las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas a la que se
refiere la base 4.1 de la presente convocatoria.
5.2 Los miembros de la comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad de Granada, cuando concurran en ellos alguna de las causas
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a procesos
selectivos en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El presidente o presidenta podrá solicitar de los miembros de la comisión declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión, a
tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, si se hubiese producido y
prosperado un incidente de abstención o recusación, la autoridad convocante publicará
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», resolución por la que se nombra a las
nuevas personas que integran la comisión que habrán de sustituir a las que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior. No obstante,
si dicha abstención o recusación se plantease después de pasados diez días desde la
publicación del nombramiento de la comisión a la que se hace referencia en la base 5.1
de esta convocatoria, la composición de la nueva comisión se publicará en el sitio web
del Servicio de Personal de Administración y Servicios http://serviciopas.ugr.es/.
5.4 Previa convocatoria del presidente o presidenta se constituirá la comisión con la
asistencia de todos sus miembros. Las personas designadas como titulares que no
concurran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes. En
dicha sesión, la comisión acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5 A partir de su constitución, la Comisión de Valoración, para actuar válidamente
a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá
la presencia, presencial o a distancia, del presidente/a y secretario/a o, en su caso, de
quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
5.6 Durante el desarrollo del proceso selectivo, la comisión resolverá todas las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación de la comisión se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7 La comisión actuará con plena autonomía y sus miembros serán responsables
de la transparencia y objetividad del proceso selectivo y del cumplimiento de las bases
de la convocatoria. La valoración de méritos se efectuará conforme a la apreciación
técnica de dicho órgano y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la
convocatoria.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la comisión tendrá su sede
en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, Edificio Santa Lucía (calle
Santa Lucía n.º 8), teléfono 958 241 000, extensiones 20571, 20572, 20573 y 20574. La
comisión dispondrá que, en dicha sede, al menos una persona, que podrá pertenecer o
no al Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.9 En cualquier momento del proceso selectivo, si la comisión tuviese
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá

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