III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-3709)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Deporte de 26 de diciembre de 2023, relativo a la distribución territorial y criterios de reparto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de febrero de 2024

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papel" para los controles antidopaje; (h) estudio de las necesidades de digitalización
(como aplicaciones, federaciones deportivas, medicina deportiva, AFBS y antidopaje)
para la digitalización del sector del deporte».
En virtud de la distribución territorial de créditos efectuada por el presente Acuerdo,
las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía realizarán
proyectos incluidos en las letras (c) y (d), de acuerdo con la anterior descripción del hito
número 370: (c) Internet de las cosas (IoT) en Centros de Alto Rendimiento y (d)
sistemas para determinar patrones alternativos u optimizar el entrenamiento de cada
atleta. Estos proyectos contribuirán, en todo caso, a la consecución del citado hito
número 370 consistente en la ejecución presupuestaria de al menos 75,6 millones de
euros para obtener una mejora significativa de la digitalización del sector.
A su vez, las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía
deberán alcanzar una meta cuantitativa individualizada, meta consistente en realizar un
número mínimo de proyectos por cada Comunidad o Ciudad Autónoma, siempre que se
lleve a cabo, como mínimo, un proyecto por cada centro.
Descripción de las líneas de acción o actuaciones concretas que ejecutarán las
Comunidades Autónomas para la implementación de la medida
Las inversiones objeto de este Acuerdo, siguiendo lo dispuesto en las letras (c) y (d)
del mencionado hito número 370, están destinadas a la Red de Centros de Tecnificación,
Centros Especializados de Alto Rendimiento y Centros de Alto Rendimiento de titularidad
tanto como pública como privada.
En el caso de la Ciudad Autónoma de Melilla, se tomará como referencia una instalación
deportiva en la cual se desarrollen programas de seguimiento, detección de talento deportivo
u otras actividades relacionadas con el deporte de alto rendimiento y de alto nivel.
Las inversiones están destinadas a proyectos incluidos en alguno de los siguientes
ámbitos de desarrollo:
i. Digitalización de los procesos de entrenamiento (planificación, ejecución,
recuperación y competición).
ii. Digitalización de los procesos de entrenamiento relacionados con los programas
de tecnificación y desarrollo e identificación del talento.
iii. Investigación y desarrollo de nuevas herramientas digitales para aumentar el
rendimiento deportivo.
iv. Innovación y digitalización en materia de accesibilidad e inclusión en el deporte.
La inversión cuya ejecución corresponde a las Comunidades Autónomas, se
canalizará mediante licitaciones públicas, encargos a medios propios, convenios,
convocatorias de ayudas o cualquier otro procedimiento legalmente establecido
favoreciendo en todos los casos la concurrencia competitiva, y que se ajusten a los
siguientes términos.
Plazo de ejecución de los proyectos
El plazo de ejecución de las actividades previstas con cargo a estos créditos
finalizará antes del 30 de septiembre de 2025.
Incompatibilidad de las ayudas
De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento 241/2021, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y con el artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, las actuaciones podrán recibir ayuda de otros programas e
instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.

cve: BOE-A-2024-3709
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Núm. 50