III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2024-3593)
Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 8 de febrero de 2024, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo («Pollachius pollachius») de la división CIEM 8C (POL/08C.) y en la subzona 9 (stock POL/9/3411).
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Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22461

Acuicultura. Para ello, deberán cumplimentar el documento que aparece como anexo a
esta resolución y remitirlo a la siguiente dirección de correo electrónico: bznmedios@mapa.es.
Los buques podrán aplicar los topes de captura semanales establecidos en el
apartado primero de la presente resolución, a partir del lunes siguiente a la recepción de
la autorización por esa Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.
Tercero.
Los topes de captura establecidos en esta resolución serán de aplicación desde la
fecha de su publicación hasta la entrada en vigor de la resolución de 2025.
Cuarto.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 23 de febrero de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime
García.
ANEXO
Documento de adhesión al proyecto piloto de la Secretaria General de Pesca
de emisión electrónica de capturas y geolocalización para la flota de bajura
El pesquero .................................... con matrícula ...........................................
mediante este documento manifiesta su intención de, participar activamente en el
Proyecto Piloto de Envío Electrónico de Capturas de la Secretaría General de Pesca
cumpliendo con las prescripciones técnicas de dicho Proyecto, para la remisión
electrónica de las capturas y geolocalización, sustituyendo de manera definitiva el diario
de papel por la transmisión electrónica de los datos de las capturas, que se realicen en
cada marea, siete días después de haber realizado las pruebas requeridas con la nueva
aplicación móvil.
Nombre:
DNI:
Correo electrónico:
Teléfono de contacto:
Firma:

cve: BOE-A-2024-3593
Verificable en https://www.boe.es

El armador o su representante:

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X